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Aprobación de una mejora...¿mayoría o unanimidad?

1 Comentarios
 
Aprobación de una mejora...¿mayoría o unanimidad?
12/05/2015 15:38
Hola, tengo una duda y necesito de alguien que me la pueda despejar, mi edificio necesitaba una rehabilitación y se pidió un presupuesto a una empresa para dicha tarea, pero los demás vecinos decidieron "ya que estábamos" no solo rehabilitar sino también pintar "toda" la fachada del edificio, el caso es que la pintura infló mucho el presupuesto y rebasó en exceso los fondos de la comunidad, aun así se celebro una reunión a la que por desgracia no pude asistir y decidieron aprobar dicha medida con los gastos que ello conlleva (decidieron adelantar un año de cuotas + una derrama). Es un edificio antiguo con lo que el contraste de las reparaciones de rehabilitación con la fachada no era un problema, por otra parte en juntas anteriores yo había sugerido que se realizasen solo las tareas de rehabilitación y en otra ocasión pintar para no tener que vernos avocados ahora a una situación tan comprometida económicamente ya que la cuenta ha quedado bajo mínimos y a mi me han hecho deber "sin mi consentimiento" una cantidad x de dinero. La cuestión es que tengo entendido que la pintura seria una mejora y que las mejoras "sin justificar" como creo que es el caso, deben aprobarse por unanimidad y no por mayoría como esgrimen el resto de vecinos, quiero recalcar que la fachada es antigua y la reparación no hubiera perjudicado el aspecto del edificio, ademas para que sirva de precedente las reparaciones debían realizarse en los balcones únicamente con lo que podían haberse rehabilitado y pintado estas zonas de manera exclusiva. MI pregunta es ¿ esta medida se tenia que haber aprobado por unanimidad o por mayoría?
En el caso de que sea por unanimidad, ¿ tengo la "obligación" de pagar esa derrama? Muchas gracias por adelantado y saludos.
12/05/2015 15:57
Las obras de conservación y mantenimiento son obligatorias, y no necesitan ni siquiera aprobación, según dice la ley de propiedad horizontal, art. 10: "Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato..." Por tanto, la pintura (ornato) se consideraría mantenimiento necesario si está en mal estado Sólo sería una mejora si se trata, por ejemplo, de cambiar el color aunque esté en buen estado.

Si se considerase mejora, sería necesaria mayoría simple o en todo caso de 3/5, nunca de unanimidad, ya que la pintura no supone modificación del título constitutivo.

En cuanto a la última pregunta no se entiende: si se aprobase por unanimidad, claro que estaría obligado a pagar puesto que habría votado a favor...