Siendo como indica, no varía mi comentario.
La obra no ha sido necesaria durante muchos años, y la comunidad puede seguir funcionando sin el vallado, ya que existen opciones más económicas. Por ejemplo; poner cepos
Son unas plazas de aparcamiento que están dentro del recinto sin numerar, aparca el primero que llega pues no llega para todos los vecinos, cada portal tiene sus garajes privados y estás son unas cuantas plazas anexas, que cuando están llenas por vehículos de otros vecinos hay que aparcar fuera de la urbanización.
Elisagala, me surge una duda, que es muy importante.
El espacio de aparcamiento que se va a cerrar, que es, el aparcamiento general? Unas pocas plazas de aparcamiento.
Nos lo puede aclarar, pues podrían cambiar las condiciones de aprobación, y sería para su beneficio
A ver no se que no ha quedado claro con la respuesta, no ha ocurrido nada, quieren cerrar para que coches ajenos no entren 10 minutos pero van a poder entrar andando pues no se puede cerrar por completo, por haber comercios en la urbanización.
No es por problemas de seguridad es por problemas de que no aparquen 10 minutos los coches, la preocupación.
Solo he hecho una consulta la cual muy amable me han resuelto y todo lo demás creo que no tiene interés, si me preocupa o no, es evidente si no, no haría esta consulta.
Nuevamente gracias y ya tengo clara la pregunta que hize no se para que darle más vueltas a un tema que ya está aclarado.
"pero¿ podríamos seguir aparcando en lo que ahora está sin cerramiento? (Pues está Derrama es para poner verjas y puertas para que no aparquen personas que no viven en la mancomunidad llevan 17 años viviendo sin esa mejora)"
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De elisagala a farzumurti
"No ha ocurrido nada, solamente que hay un colegio cerca, y dos veces al día aparcan dentro de la urbanización 10 minutos máx. Para dejar a los niños en el cole y a algunos propietarios nos les gusta"
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elisagala tiene que aclarar si a ella le preocupa su comunidad, o la de los que no son propietarios, porque si se pone una vaya, ya no podrán entrar en una zona comunitaria para aparcar sus vehículos, para dejar a sus niños en el colegio.
Sera que no me aclaro y se me han cruzado los cables.
Comparto lo que sabiamente escribe farzumurti:
"Cuando se lanza una pregunta esperando una respuesta, hay que ser más explícito e indicar
el contexto".
No ha ocurrido nada, solamente que hay un colegio cerca, y dos veces al día aparcan dentro de la urbanización 10 minutos máx. Para dejar a los niños en el cole y a algunos propietarios nos les gusta.
Ese es todo el problema.
A algunos les parecerá bien y a otros mala idea gastar tanto dinero en algo que nunca ha existido cuando hacen falta otras cosas más importantes en la.mancomunidad
Lo que realmente le debería preocupar, es como considera la mayoría de la comunidad semejante actuación, si la considera necearía, poco o nada puede UD hacer, su opinión particular es eso, su opinión, que puede ser o no ser aceptada.
¿Ha ocurrido algún episodio desagradable por falta de seguridad? ¿O es un mero capricho de algunos?
Cuando se lanza una pregunta esperando una respuesta, hay que ser más explícito e indicar
el contexto.
Existen varios acuerdos de mayoriass cualificadas de 3/5 y unanimidad, que el propietaro ausente tiene la capacidaz de de indicar, que NO ESTA DE ACUERDO CON EL RESULTADO DE LA VOTACION.
Se lo pongo en mayúscula para resaltarlo.
No puede votar si o no, sólo puede indicar su disconformidad. Que al fin y a la postre es votar NO.
Peroneso es lo que indica la LPH.
NO, las actas nomse pueden impugnar, se impugnan los acuerdos.
Exactamente, si el coste es superior a tres mensualidades, el propietario disconforme, no está obligado a abonar nada, pero si a beneficiarse del cambio.
Si en esa junta se va a votar el acuerdo de la obra, se tiene que presentar un presupuesto.
La obra sólo se puede realizar, bajo votacion de un presupuesto.
Otra cosa sería, que hubiese una votación prevía para saber como piensa la gente. Pero esa votacion no compromete, para su resultado final
La conclusión que sacó de lo que me ha contado es
Que pudiera ser una estrategia para que no haya muchos propietarios en verano y así hacer de su capa un sayo.
Que cualquier vecino puede votar a favor o en contra antes de un mes de recibir el acta donde venga cualquier acuerdo.
Que la junta ordinaria tiene que ser máximo un año.( No se si esto puede influir en anular el acta)
Que si la derrama es para algo que no es necesario, solo sería un máximo 3 mensualidad y no podrían reclamar nada, pero¿ podríamos seguir aparcando en lo que ahora está sin cerramiento? (Pues está Derrama es para poner verjas y puertas para que no aparquen personas que no viven en la mancomunidad llevan 17 años viviendo sin esa mejora)
Y por último y agradezco su respuesta, en la convocatoria es obligatorio presentar los presupuestos para esta derrama?
Se lo voy a dejar muy claro.
Art. De la LPH y desarrollo del acuerdo
Esa obra no es necesaria.
Por lo tanto, para su aprobación, hay que acogerse al art. 17.4
4. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.
No obstante, cuando por el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, se adopten válidamente acuerdos, para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.
En este acuerdo, hay que tener en cuenta el presunto voto del ausente. Y eso es un problema para usted, porque sacando mayoría en la votación, hay que tener en cuenta el presunto voto del ausente, y si los propietarios que no fueron a la junta, si en el plazomde 30 días, tras recepción del acta, no manifiestan su disconformidad. Entonces si consiguen los 3/5 necesarios para su aprobación.
Pero como bien dice el art 17.4, si el coste es superior a tres mensualidades de gasros comunes, usted no estará obligado a su contribución.
Es obligatorio, presentar el presupuesto para poder votarlo.
La LPH indica que en el plazo máximomde un año, hay que realizar la junta general ordinaria.
Si puede ser una estratagema
Buenos días, vivo en una mancomunidad y quieren llevar a convocatoria una mejora no necesaria para la mancomunidad (poner un cerramiento que no existio nunca) el coste del.mismo supera los 25.000 euros.
La reunión tenía que haber sido a primeros de junio pues justo es el año. Pero no se sabe cuál es el motivo de retrasar esta junta, muchas personas incluida yo no estamos desacuerdo con esa derrama y queremos votar en contra, pero como se está alargando la convocatoria nos da que pensar que lo están haciendo adrede para que haya pocos propietarios y así poder votar a favor y llevar a cabo está derrama.
Mi pregunta es:¿ se puede aprovechar que hay pocos propietarios para efectuar una derrama que como he dicho no es necesaria?
Y ¿que porcentaje mínimo tiene que haber para poder aprobar este tema ? He estado viendo que son 3/5 partes de los propietarios pero no sé si son de los asistentes a la Reunión o son del todos en general asistan o no a esta reunión gracias