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Aprobación de las bases generales para la adjudicación de programas de actuación integrada

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      • Tema: Aprobación de las bases generales para la adjudicación de programas de actuación integrada
4 Comentarios
 
Aprobación de las bases generales para la adjudicación de programas de actuación integrada
11/12/2006 13:23
Hola , alguien podría ayudarme respecto de lo siguiente:
Textualmente:
Acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria de fecha 22/11/2006 por la que han sido aprobadas las bases generales para la adjudicación de programas de actuación integrada por el ayuntamiento de Montroy (valencia).
Mi duda es la siguiente:significa ésto que tras la aprobación definitiva de estas bases se da por hecho que uno de los PAI que estaba previsto en el plan general ya se puede ejecutar (es decir comunican a los interesados su ejecución , etc)
o por el contrario puede ser algo más general y no tener nada que ver con un PAI concreto.
Muchas gracias.
12/12/2006 12:52
La aprobación de bases generales no significa que se empiecen a ejecutar los PAIs previstos en el Plan General. Como dices es algo bastante más general.
Las bases generales regulan el procedimiento de selección del agente urbanizador con carácter general, posteriormente, y con caracter previo a la ejecución de un PAI se debe aprobar unas "Bases Particulares", que adaptar esas bases generales a un PAI concreto.
Resumiendo, todavia falta bastante para empezar a ejecutar un PAI en concreto
13/12/2006 08:53
Hola, muchas gracias por la aclaración. Tengo otra duda, por si me puedes ayudar, es en relación con el término de "Edificación consolidada".
Nos explicaron que si tienes una edificación hay unos metros del total del terreno que quedan exentos a la hora de pagar por metro. La verdad es que según la ley Urbanística Valenciana, no he conseguido aclararme, si me pudieras ayudar o decirme donde puedo consultar este término te estaría muy agradecida.
Por cierto, respecto de la Ley urbanística Valenciana, hay alguna modificacion?.
De verdad muchas gracias.
15/12/2006 10:35
la LUV introduce modificaciones importantes (entre ella las bases generales y particulares que no existian con anterioridad). Respecto a las edificaciones consolidadas dentro de un PAI no establece modificaciones.
Las edificaciones consolidadas son aquellas preexistentes a la ejecuación del PAI y compatibles con la nueva ordenación introducida por el PAI. Estas edificaciones no se van a demoler, el suelo sobre el que se ubica no computa como "superficie aportada" y no tiene que pagar cuotas por los servicios urbanísticos con los que cuente.
19/12/2006 08:28
Gracias de nuevo por su ayuda, aunque le voy a pedir algo más, me puede indicar donde puedo localizar las modificaciones de la ley?
Gracias