No, según la Ley de Enjuiciamiento Civil sólo cabrá la suspensión cuando:
1º Se acredite la existencia de causa criminal en la que se estén investigando, como hechos de apariencia delictiva, alguno o algunos de los que fundamenten las pretensiones de las partes en el proceso civil.
2º Que la decisión del tribunal penal acerca del hecho por el que se procede en causa criminal pueda tener influencia decisiva en la resolución sobre el asunto civil.
Un saludo y suerte. Basta con que su abogado diga que no quiere la suspensión y el juicio seguirá adelante.
Vaya,gracias por la respuesta,es bastante aclaratoria,en el sentido de que el objetivo claramente es al juez al que se trata de engañar con pruebas falsas.
En primer lugar no somos particulares,somos empresas y hay mucho en juego,como indennizaciones y peticion de retirada de producto del mercado,por lo que la cosa es seria.
Seguimos este asunto por lo mercantil y ya tenemos fecha de juicio,pero lo que no entiendo es como un abogado sin escrupulos lleva a alguien a interponer una demanda con argumentos y pruebas falsas,hasta tal punto que el demandante ademas de pedir una indennizacion me dice que voy a ir a la carcel,y el tio esta convencido a pesar de no poder probar nada,increible.
En un principio pense que iria de farol y que solo querria asustar y que en la vista retiraria la demanda,logicamente yo tambien le demandado a el pero con razon y miles de pruebas,solo me queda como encajar lo de las pruebas falsas y que medidas tomar.
Mi abogado de lo mercantil me comento que no era bueno inicira procesos penales pues estos paralizarian lo mercantil ¿es esto cierto?
Bueno, entiendo que no se podría reconducir por las falsedades, pues no encaja en ningún apartado esta conducta, a lo sumo en el apartado 4º, que para particulares está despenalizado (falsedad ideológica).
Pero sí lo podría reconducir como estafa procesal, penado en el artícuo 248.1 del CP, en relación con el artículo 250.1.2. Si todavía no se ha dictado sentencia, o la misma perjudicara los intereses de la parte que ha intentado la estafa procesal, se tendría que considerar tentativa (artículo 16), teniendo en cuenta para la aplicación de la pena el artículo 62.
En relación con el delito de estafa, se dan todos los requisitos que integran esta figura, así:
Un engaño producido dentro de un procedimiento judicial y dirigido a mover la voluntad de un Juez para la toma de decisión favorable al sujeto activo.
Sentencia de Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal nº 1056/2006, de 23 de Octubre de 2006
Recurso nº 1609/2005, Ponente FRANCISCO MONTERDE FERRER
así, tiene declarado esta Sala, como es exponente la sentencia, 493/2005, de 18 de abril, que la llamada estafa procesal (subtipo de estafa especialmente agravado en el artículo 250.2 del Código Penal) se caracteriza en que el sujeto pasivo engañado es en realidad el titular del órgano jurisdiccional a quién, a través de una maniobra procesal idónea, se le induce a seguir un procedimiento y/o a dictar una resolución que de otro modo no hubiera sido dictada. El resultado de ello es que no coincide la persona del engañado, quien por el error inducido realiza el acto de disposición en sentido amplio (el juez), con quien en definitiva ha de sufrir el perjuicio (el particular afectado). Es más, también la jurisprudencia ha estimado que puede producirse el fraude procesal cuando el engañado no es el juez sino la parte contraria, a la cual por determinadas argucias realizadas dentro del procedimiento (ordinariamente pruebas falsas o por simulación de un contrato) se le impulsa a que se allane, desista, renuncie, llegue a una transacción o en cualquier caso determine un cambio de su voluntad procesal como solución más favorable, lo que se denomina estafa procesal impropia (STS 878/04).
Aportar pruebas falsas ante el juzgado en una demanda y ante la oepm
Quisiera preguntar si se considera delito el aportar pruebas falsas en una demanda,intentando hacer creer al juez que las imagenes que aportan en la demanda de sus productos en realidad no lo son y pertenecen a un fabricante anterior que nada tiene que ver con estas personas.
En ningun momento informan al juez que esas imagenes no les pertenecen y menos aun los productos que parecen en ellos pero los marcan como producto" original "a comparar con el mio por un supuesto delito de copia o falsificacion.
No entiendo como un abogado es capaz de aportar no solo una sino hasta en tres ocasiones la misma informacion.
Estamos ante un delito continuado de falsificacion en documento publico o como se denomine o fasedad documental,vamos no se muy bien el termino a aplicar en estas circustancias,pero me gustaria escuchar algunas opiniones y las acciones legales a tomar contra estas personas