Tengo un solar que puedo dar en aportación a una constructora para construccion de viviendas. A cambio tengo 3 opciones:
a) Una futura vivienda de las construidas en el solar
b) Una vivienda nueva ya terminada propiedad de la constructora en otra zona (en primera transmisión)
c) Una vivienda ya terminada propiedad de la constructora en otra zona (en segunda transmisión)
Mi consulta es con qué opcion pago menos impuestos IVA,ITP,AJD y en qué momento.
Esto es un contrato de permuta.
Yo iría por lo seguro, que son las opciones b) y c), ya que usted obtiene la vivienda en el momento.
En la opción a), si el constructor para la obra, no tendrá nunca su vivienda.
Lo importante, es saber si es suficiente una vivienda, como pago del valor del terreno.
En cualquier caso, le recomiendo que todo el trámite lo haga a través de un abogado de su confianza.
Sí sé que la opción de futura vivienda es bastante arriesgada. Pero he oido opiniones al respecto de la forma en la que se haga esa aportación a la hora de pagar de impuestos que no me aclaran. Parece ser que hay una forma en la que sólo se pagaría el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) 1% y sería yo quien lo pagara.
Es así y cómo se haría?
lo mejor son las opciones b y c
en cualquiera de ellas, los impuestos rondarán el 11%, dependiendo de cuál sea la comunidad autónoma
pero, tratándose de una vivienda ya existente, la negociación está abierta ... y, según la disponibilidad de viviendas de la promotora, y según las que a usted le resulten más o menos apetecibles, respectivamente, podrá interesarle a usted pagar más dinero o que la promotora asuma los impuestos