En un proceso penal por lesiones (recíprocas) mi cliente tiene en su poder un vídeo en el que el coinvestigado aparece agrediéndole. Qué es más recomendable, ¿aportar el vídeo en fase de instrucción o proponerlo como prueba con el escrito de defensa? ¿Cómo lo presento? ¿En qué forma?
Generalmente las pruebas han de aportarse en fase de instrucción, para no crear indefensión a la otra parte, pero en último caso se puede aportar en el escrito de calificación provisional, pero en tu caso, al ser un vídeo te recomiendo que lo aportes en fase de instrucción por medio del CD y solicites el cotejo por el Sr. Letrado de la Adm. Justicia, para que no puede impugnarlo, o si no por notaría.