Quien responde ante el Banco es el inmueble, sea de quien sea. El obligado a pagar es quien firmó la hipoteca y por tanto él será el que reciba notificaciones.
En una Sociedad Limitada que se aporta un inmueble, por valor de 200.000 Euros, para la ampliación de capital social y dicho inmueble tiene una Hipoteca de 150.000 Euros, tiene que dar su consentimiento el Banco a cuyo favor está la Hipoteca. Se puede hacer. Gracias.