Querriamos saber si la aportación económica de unos comuneros a su propia Comunidad de Bienes debe llevar I.V.A. o no, o sea, si la Comunidad de bienes debe emitir una factura con I.V.A. por esas aportaciones, que son para gastos comunes de la Comunidad, debe llevar I.V.A.
el IVA ( aunque yo estoy en _Canarias y aquí tenemos el IGIC, me imagino que tienen q decir algo muy parecido ) es un tributo que grava, prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional
por lo q comentas, no creo que la cdad realize ninguna actividad economica y/o profesional por lo q no estará obligada a facturar ni IVA.