Imagino que lo primero que tiene que hacer la parte demandante si reivindica un nuevo documento (sentencia) en la vista, que afecta al fondo del asunto, es aportarlo, previa la justificación de su valor en el proceso, con lo cual, ipso facto, tendrá que fijarse nueva fecha para continuar la vista. ¿Estoy en lo cierto?
No he acabado de explicarme bien: Lo que quiero decir es que no creo que el documento pueda ser objeto de análisis en la propia vista, especialmente por la parte contraria, que necesitará de tiempo para poder pronunciarse con garantías sobre el documento. ¿Es así?