Os agradecería que alguien me pudiese dar un poco de luz.
Tengo dos clientes que están ejecutando contra el mismo deudor en dos juzgados distintos.
Por favor, ¿puedo aportar a uno de los procesos diligencias de ordenación o decretos del otro proceso, a los que tengo acceso por ser ambos acreedores clientes míos? Me interesa justificar determinados extremos en un proceso, pero que sólo puedo demostrar presentando documentos de otro juzgado.