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aportacion capital a sociedad

4 Comentarios
 
Aportacion capital a sociedad
05/11/2009 11:39
Hace un año ingrese una cantidad destinada a comprar acciones de una sociedad. No he escriturado todavia porque el socio principal me informa que a cuenta de futuros beneficios en los proximos dos años hay que realizar el pago de una importate cantidad a un anterior socio, proponiendome la devolucion de lo aportado si no estoy conforme. ¿ Cuento con soporte legal para exigirle intereses, perjuicios..etc por el tiempo transcurrido desde el ingreso del capital en una cuenta a su nombre sin haber formalizado escritura?. Muchas gracias.
08/11/2009 02:24
japo: Yo creo que fraudeo, pero si te devuelve el capital que depositaste en su cuenta personal, acepta, ya que las aportaciones de capital a una sociedad se debre de hacer mediante una acta de asamblea en la que te den participaci{on mediante la adquisici{on de acciones, si no fue asi entonses tu no eres socio y tu dinero esta en riezgo
08/11/2009 11:46
Hola Sr. Japo, tal como le dice el Sr. Olaguez, todos los aumentos de capital tienen que ser avalados y por mayoría, en una junta de accionistas de la sociedad y que conste en acta. Lo demás es un fraude o lo parece.
Le conmine que le devuelva el dinero y, con intereses. Tiene algún documento firmado por él....?
Saludos
09/11/2009 00:16
La situacion es la siguiente: existia una sociedad en la que uno de los socios vende su parte; la misma nos es ofrecida a varias personas, las cuales aportamos un dinero. Transcurrido un año, nos comenta que ha llegado a un acuerdo con su antiguo socio por el cual en el plazo de dos años se le debe entregar una determinada cantidad la cual debera salir de los futuros beneficios y es en este punto donde nos comenta que en el caso de no estar conformes nos devuelve las cantidades aportadas. La duda es saber si puedo exigirle intereses si al final decido no participar. Gracias por la amabilidad en responderme.
09/11/2009 22:01
Hola Sr. Japo, le aconsejo la próxima vez que deje un capital a un particular, o estamento, lo haga ante notario, tendrá menos problemas para recuperarlo.
Saludos