Puede un Ayuntamiento aplicar directamente los varemos de sanciones incluidos en la Ley de Tráfico?, o debe adaptar su Ordenanza Municipal a lo que se indica en esa Ley? Me encuentro que mi Ayuntamiento está aplicando sanciones desorbitadas por infracciones de aparcamiento. Según informes que me ha facilitado el Cabo de la Policía Local y la Secretaria Municipal, estan aplicando directamente lo que indica la Ley de Tráfico de 2009. No existe ningúna Orden del Alcalde que autorize dicha aplicación directa, ni la Ordenanza existente de 2007 se ha adaptado a lo que indica la Ley de Tráfico de 2009. Esto es correcto? No deberían adaptar la Ordenanza existente a la Ley de 2009? Puede el Cabo de la Policía Local crear una "lista" de infracciones y sanciones basados en la Ley de Tráfico de 2009 y aplicarla sin ningún tipo de aprobación municipal? Muchas gracias por anticipado por vuestra orientación.
Si las ordenanzas municipales no recogen explícitamente las infracciones y las gradúa, se tendrán que ceñir al Reglamento General de Circulación.
Lo que no podrán es sancionar por encima de lo dispuesto, pero sí por el mismo importe.
Si ya hay unas ordenanzas que establecen unos importes determinados deberían aplicar éstos o modificarlos. Salvo mejor criterio.
Entiendo que no hace falta adaptar la Ordenanza en cuanto que la Ley de Seguridad Vial al ser una norma de rango superior modifica o deja sin aplicación todo aquello dispuesto en normas de rango inferior. Por lo que los importes o calificaciones de infracciones que contemple la ordenanza, se adaptan a lo establecido en la Ley de Seguridad Vial.
Deacuerdo con Kapitan y clms100. La ordenanza esta subordinada a la ley, y si las cuantías de la ordenanza están sin adaptarse a la ley, deberán aplicar las que establece la ley. Hasta 100 euros las leves ( habrá algunas leves de 60,80,90,100), 200 euros las graves( cantidad única para todo el Territorio nacional ) 500 euros las muy graves ( todo el territorio nacional). Si te das cuenta en graves y muy graves no pongo HASTA. es decir son 200 o 500. Hay la salvedad del baremo en sanciones de velocidad.
saludos cordiales
Muchas gracias kapitan, clms100 y topi.
Muy agradecido por vuestras aportaciones, que por otro lado corroboran lo que indicaba la Secretaria Municipal en su informe.
Mi duda venia porque dicha Secretaria no es muy "fiable".
Saludos.