Explico:
En una resolución administrativa me notifican que no es correcto lo que solicito según la Ley X artículo 7 apartado 11.
Bien ni en la ley citada, ni en sus modificaciones posteriores o derogaciones anteriores, su artículo 7 no posee apartado 11, termina en su apartado 5.
¿Que puedo alegar ante esto en recurso previo?
No se como defenderme al no saber que aplican para denegar lo que pido.
¿Defecto de forma?
¿Nulidad de la resolución?
Evidentemente todo parece ser un error ortográfico al redactar la resolución pero ¿puedo aprovecharlo en mi favor?
Gracias.
Gracias.
Teniendo en cuenta que opinar sobre si existe o no una disposición de un artículo de una ley, primero debería de saberse a que ley y precepto te refieres, ¿ no crees?
A ver no creo que sea relevante el que especifique concretamente a que ley me refiero, cualquiera de las existentes.
La que hago referencia digo que no existe porque la conozco entera tanto ella como sus posteriores modificaciones y correcciones y no existe el apartado señalado en la resolución administrativa, (de la que obvio mas datos por ser algo personal mio y privado)
Entiendo que en esta resolución existe una imprecisión legal y no me da opción a rebatila en recurso.
No pido conocer la resolución y su motivos, sino la ley de que se trata y por tanto ningún dato das personal ni privado, puesto que ninguna ley es de aplicación a una persona sólo.
De todos modos, la obligación de resolver y motivar las resoluciones tiene su encaje en la norma legal, lo que implica que si el precepto no existe debe invocarse nulidad en el recurso.