En efecto, la concurrencia de convenios está expresamente prohibida en el ET, y, ante la misma, el artículo 84 ET establece la regla general para prevenir la concurrencia conflictiva entre convenios de distinto ámbito de aplicación, introduciendo una preferencia de convenio anterior sobre el convenio posterior con independencia de cuáles sean los ámbitos territoriales y funcionales de aplicación.
En mi opinión no se puede aplicar más de un convenio dentro de una misma empresa y para la misma actividad. Si está mál aplicado, podrías valorar el cambiarlo a todos, con los problemas que ello conlleva, pero eso de aplicar un convenio a los que están y otro a los nuevo, no lo veo.
Buenos días,
tengo una empresa cuya actividad es de residencias de tercera edad privada, y se le aplica un convenio de establecimientos de hospitalización, el cual creo que no es el adecuado, ya que el convenio seria el de residencias de la tercera edad. ¿puedo aplicar los dos convenios? es decir, el de hospitalizacion para los que ya lo tenian y el de residencias para las nuevas contrataciones?
¿Habria que comunicar está nueva aplicación de convenio para las nuevas contrataciones a los representantes sindicales? muchas gracias