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Aplicación tablas secuelas en accidentes

8 Comentarios
 
28/07/2009 19:21
hola soy miguel. Recientemente mi madre sufrio un accidente en un festejo y el seguro le dice que necesita una valoración medica de las secuelas. Y que en función de unas tablas que utilizan los seguros se le indemnizara. ¿ alguien me puede indicar o mandar alguna tabla de estas ? ¿ alguien me puede explicar mejor el mecanismo de funcionamiento de la indemnización ?
mi email: robinhood5@ole.com
05/02/2009 14:42
Hola, he retomado este hilo que abrí hace ya unas semanas para hacer un par de consultas relacionadas con el mismo.

Por fin me ha llegado una propuesta de resolución del ayuntamiento en la que hay un par de cosas que no me cuadran. Quizás me podáis iluminar un poco.

1. El coeficiente corrector que me aplican a la cantidad de la indemnización es el 10 %. Mis ingresos son algo superiores a los 26209,38 euros que se establacen en las tablas como cantidad tope para aplicar ese coeficiente. Por encima se aplicaría entre 11 y 25 %. ¿Podría solicitar que me rectificasen ese punto en el recurso de reposición o , como me comenta la instructora, si no lo hice en la fase de prueba ya es tarde.?

2. ¿Ese coeficiente corrector es sustitutivo de los intereses de demora o por el contrario son independientes y deben aplicarse ambos? La instructora me dice que es lo mismo por lo que no liquidan intereses de demora.

Como veis, no me fio un pelo de la instructora puesto que ya metio la pata en la valoración de los puntos de secuela :-)

Muchas gracias por vuestro tiempo y saludos
09/01/2009 14:07
Gracias a ambos por vuestras respuestas. Hoy he llamado al ayuntamiento y me han dicho que han parado la notificación de esa propuesta de resolución porque efectivamente se habían equivocado al calcular las secuelas.
Pero ro me surgen además dos preguntillas que quizás me podáis responder:

-Me han aplicado un factor de correción del 10 %. Leyendo los baremos de la ley entiendo que si mis ingresos son superiores a 25.847.51 euros, el porcentaje debe ser superior. Es correcto?

-Los puntos de secuela se calculan con las tablas de qué año? El del suceso, el de la reclamación o el del pago? El accidente lo tuve en 2007, la reclamación la puse en 2008 y el pago parece que de producirse será en 2009.

Gracias y saludos
07/01/2009 21:02
Además del informe forense, judicialmente se puede aportar el informe de un valorador médico que Vd. contrate como pericial de parte. No todo el mundo sabe calcular ese tipo de indemnizaciones.
07/01/2009 09:46
Muchas gracias por tu tiempo
04/01/2009 15:29
El factor de corrección será superior su se obtienen rentas superiores a los 25.847,24 y el factor de corrección varia de 11 a 25.

No creo que el Ayuntamiento vaya a ir a Juicio e intenta impugnar el informe forense. Los puntos del médco forense digamos "dan fé" de las secuelas del accidente, salvo que se acredite que no es así.

Puede ocurrir que el técnico que instruya el expediente no "esté puesto" en las valoraciones, por lo que será conveniente ilustrarle.

Salvo mejor opinión.
04/01/2009 10:35
Hola, gracias por la respuesta. En la propuesta me reconocen los 15 días no impeditivos y el 10 por ciento que comentas. El problema viene en los puntos por secuela como comenté. No sé si el ayuntamiento se hace el loco o piensan que soy tonto. Si fuera a juicio, un juez daría por buenos los dos puntos del dictamen forense? o por el contrario es posible que los corrija a la baja? Lo digo porque no tengo ganas de que el ayuntamiento se salga con la suya y estaría dispuesto a ir a juicio.
Y otra preguntilla, ese factor de corrección del 10 % sería mayor si mi nivel de ingresos fuese superior a los 22 mil y pico euros que señala la tabla?


Gracias de nuevo por la atención y saludos
03/01/2009 20:31
Proablemente el Ayuntamiento le haya dado una especie de caramelo que puede aceptar o no.

Por lo que entreveo de su caso, es probable que sufriese daños personales por responsabilidad de la Administración y por tanto le corresponden los días de baja que haya tardado en curar (dias impeditivos y no impeditivos), las indemnizaciones por las secuelas (X euros por 2 puntos) y un incremento del 10% del valor de la indemnización.

No hace falta sentencia alguna, tenga en cuenta que por un lado la Administración reconoce la culpa del daño y por otro que el Gobierno todos los años publica la tabla de valoraciones e indemnizaciones en accidentes de tráfico que es orientativa se aplica en la mayoría del resto de indemnizaciones. La ultima es la Resolución de 17 de enero de 2008

Mejor, póngase en manos de un abogado que le orientará en estos casos y para ud es conveniente.

Salvo mejor opinión.
Aplicación tablas secuelas en accidentes
31/12/2008 10:50
Hola buenos días.
Tengo entendido que para calcular el importe de la indemnización que me corresponde por un accidente, en lo que se refiere a los puntos de secuela, sería el importe resultante de multiplicar los puntos de secuela (en mi caso 2) por el valor de cada punto en función de mi edad (729 euros). ¿Alguién me puede confirmar este punto? Un ayuntamiento al que puse una denuncia me estima parcialmente porque no efectúa esa multiplicación. Simplemente me estiman 729 euros.

Si efectivamente hay que multiplicar los valores, me podría facilitar alguien el texto legal en que se fundamenta dicha operación matemática? o alguna sentencia en la que pueda ver tal hecho reflejado?

Gracias y saludos.
Feliz Año