Según la LSCAM Art. 207 una infracción muy grave se sanciona con una multa de 600.0001 a 3 millones de euros. La sancion es por aplicación del art. 204 "incumplimiento total o parcial de las obligaciones impuestas por medidas provisionales" en este caso incumplimiento reiterado de un decreto de paralización, del pago de multa coercitiva. ¿Como se puede aplicar la ley, ya que la obra realizada asciende a 25.000€ y me parece totalmente desproporcionado que se tebnga que aplicar una sancioncon una cuantia minima de 600.000€
Gracias