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Aplicación ley 20/2021 en los consorcios.

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Aplicación ley 20/2021 en los consorcios.
perfil Cur
17/05/2022 18:02
Buenas tardes necesito aclaración respecto a la Disp Adicional 7ª de la Ley 20/2021: "Los preceptos contenidos en esta norma relativos a los procesos de estabilización serán de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, SIN PERJUICIO DE la adecuación, en su caso, a su normativa específica."
"SIN PERJUICIO DE" Significa que:
a) La ley 20/2021 se aplicará en los consorcios, independientemente se adecue o no la la normativa del consorcio.
b) La Ley 20/2021 se aplicará en los consorcios, solamente si se adecua a la normativa del consorcio. La normativa del consorcio determina que la ley 20/2021 se pueda aplicar totalmente o parcialmente.

Desde 2014 los consorcios solo pueden contratar a personal laboral, pero cuentan con funcionarios interinos anteriores a 2014 que deberían poder estabilizar su plaza con la OPE extraordinaria de la Ley 20/2021.
Gracias de antemano.