Autor de un delito castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años. Al ser continuado se le castigará como autor de un delito o falta continuado con la pena señalada para la infracción más grave, que se impondrá en su mitad superior, pudiendo llegar hasta la mitad inferior de la pena superior en grado.
Además concurre una agravante. ¿Qué pena cabe aplicar?
Si a la pena superior se le resta la inferior salen 2 años y 6 meses. Si la mitad es 1 año y tres meses, la mitad superior son 3 años y nueve meses. Así que supera la pena y además habría que añadir la agravante. Solicito ayuda, por favor...
Resulta que el Mº Fiscal, sin aplicar agravante, le pone 2 años y nueve meses. Así que si yo, acusación, aprecio la agravante, no cuadran las cuentas...
No acabo de entenderte, Meide; Si el MF no aprecia atenuante, puede pedir lo que considere entre el año y 9 meses y los tres años y 9 meses; pocas veces piden el mínimo.
Si tu pides la agravante, la pena la deberías solicitar entre los 2 años 9 meses y los 3 años y 9 meses.
Jar, gracias por contestar, pero en tu primer calculo, la mitad superior de 6 m a 3 años, no sé porque te sale 1 año y nueve meses. A partir de ahí, tus cálculos y mis cálculos, ya no salen....
Un último apunto al respecto. La mitad superior de 6 meses a 3 años es 1 año 9 meses Y UN DÍA. Os ha faltado sumar ese día. 1 año y 9 meses todavía estaría en la mitad inferior. Un saludo.