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aplazamiento

1 Comentarios
 
30/06/2009 10:52
No explicas si con tu referencia a licencia urbanística, debemos entenderla como una licencia de obras, por ser lo mas habitual interpreto que estás hablando sobre una licencia de éste tipo.

La prórroga de una licencia de obras supone la ampliación o aplazamiento de alguno de los plazos o tiempos IMPUESTOS EN LA LICENCIA DE CONCESIÓN, respecto al inicio, interrupción o finalización de la misma.

El fundamento legal de su concesión lo encontrarás en la ley urbanística de tu CCAA. Si se trata de licencia de actividad se tramira conforme a la legislación de la CCAA, si la tiene y si no existe conforme a la legislación estatal. Otras licencias se tramitan conforme a la legislación de régimen local que sea de aplicación.

Un saludo.
Aplazamiento
29/06/2009 12:40
Buscando información he encontrado muchas ordenanzas municipales que permiten la solictud de un aplazamiento de los plazos de ejecución de la licencia urbanística. Pero aún así no encuentro el fundamento legal para su otrogamiento en aquellos municipios que no tienen ordenanza. Se basa en alguna ley general?