El juzgado le tenía que haber enviado copia de la demanda y darle un plazo de 20 días para abonar la deuda u oponerse a la misma.
A partir de este último caso, se despachara ejecución por el juzgado a través de juicio verbal u ordinario según la cuantía de la deuda.
Creo que la actuación del juzgado es incorrecta, aunque desconozco si el silencio es lo mejor.
Por otro lado, el juzgado debería haberle informado si debería comparecer con abogado y procurador.
Buenas tardes,
Una amigo mio ha recibido una citación para la vista oral de un procedimiento monitorio, recibió la citación ayer dia 09/03/11 y la vista se celebrará el dia 17/06/11. El problema es que él ese dia se va a encontrar en Mozambique navegando (es militar) y necesitaría saber si es posible cambiar la fecha, y cómo podemos hacer saber esto al juzgado, qué tipo de escrito habría que remitir, y la documentación necesaria, etc para que se modificase la fecha de dicha citación. Dado que se trata de un monitorio por importe de 600 euros, entendemos que no es necesario llevar abogado ni procurador.
Muchas gracias de antemano y un cordial saludo.