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Apertura de expediente en urbanismo.

5 Comentarios
 
Apertura de expediente en urbanismo.
05/04/2017 18:58
Buenas tardes...Me ha llegado multa...Copia de expediente de la Junta y ya me han visitado inspector es...Ahora tengo que alegar...La infracción grave es haber colocado una casa móvil en terreno urbano...Desde hace diez años...Ahora vienen y dicen los de la Junta que es de protección...Considerado rústico....Ni idea...Sigo pagando catastro como urbano y en ayuntamiento igual...Mi pregunta...Tengo que alegar los posibles seis años desde la instalación...Ahora bien... Justificarlos con seis años....Yo sé cuando la instalé...El inicio...Pero no se cuando ellos toman como fecha de expediente....La denuncia?...La generación expediente?....Me comentaron los inspectores que después de la valoración visual...Se genera expediente....(es esa la fecha?). Gracias
05/04/2017 18:59
Nici
Corrijo...El policía me denuncio directamente a la agencia urbanismo
05/04/2017 19:44
Nici
Te requerirá que la legalices, pero como dudo que puedas hacerlo en suelo no urbanizable protegido, mi recomendación es que si haciéndoles la propuesta de quitarla consigues evitar la multa, yo no me lo pensaría dos veces.
05/04/2017 19:56
alga
Por ahora no hay multa...Estoy metido en un proceso...,me han dicho que alegue...Por eso me interesan las fechas
06/04/2017 12:48
Nici
Al nombrar a la Junta, doy por supuesto que el asunto se desarrolla en Andalucía.

Si es el caso, habiéndote ya anunciado que la casa móvil esta instalada sin licencia es suelo protegido, he considerado que lo que te han notificado es la incoación de un procedimiento de protección de la legalidad y restablecimiento del orden jurídico perturbado.

De conformidad con el artículo 185.2 de la LOUA, la limitación temporal de los seis años a los que haces referencia, no es de aplicación para el ejercicio de esta potestad en terrenos clasificados como suelo no urbanizable de especial protección, salvo que se de la especial circunstancia del artículo del 183.3, lo cual desconozco.

En estos casos lo que hacen es proponer legalizar la situación en el plazo de dos meses, si la instalación fuera compatible con la ordenación vigente y por supuesto dar audiencia al interesado al expediente al efecto de presentar alegaciones.

Pero sólo es el primer paso, a mi entender, estando la instalación en zona protegida lo siguiente será notificarte una orden de retirada con apercibimiento de multa si no lo haces.
21/04/2017 19:21
Nici
Hola. Yo tengo un terreno urbanizable y justo cuando me dieron el visado los arquitectos empece los cimientos de la casa, la arquitecta me dijo que como ya nos habían aprobado el visado que no me multarían pero me han multado y ahora no se muy bien que va a pasar o cuanto tendré que esperar y cuanto tendré que pagar y si se podría recurrir de alguna manera.
Gracias.