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Apersonarse en la Audiencia

12 Comentarios
 
Apersonarse en la audiencia
06/11/2006 10:26
Hola me ha llegado una notificacion sobre un recurso de apelacion concedido y emplazandonos para que en 10 dias nos apersonemos en la audiencia.

Alguien me da una idea de como es esto de apersonarse. Debemos presentar un escrito ?
tenemos que presentarnos en la audiencia dentro de esos 10 dias ?
estoy un poco perdido porque es uno de mis primeros casos de penal. Gracias por la ayuda.
06/11/2006 11:30
Para "apersonarte" en la Audiencia lo más rápido es que tu cliente otorgue poderes a favor de algún Procurador que ejerza en la sede de la Audiencia y presentas un escrito simplemente diciendo que el procurador XXX en nombre de Don XXX se "apersona" en la audiencia.

Otro modo sería que tu cliente se apersonara apersonalmente en la audiencia y atorgara apoderamiento apud acta al procurador que te parezca.
06/11/2006 15:13
El tema es que mi cliente esta detenido. Como se realiza esto en estos casos? Alguien me puede dar alguna idea.
Gracias por todo. Un gran saludo a todos.
06/11/2006 15:19
que vaya el notario a la carcel
06/11/2006 16:55
Se puede pedir al Juzgado que lo hagan comparecer a la audiencia para otorgar apoderamiento apud acta
06/11/2006 16:57
El tema es que los 10 dias se vencen el miercoles. Tengo entendido que el procurador en penal es preceptivo. Puedo presentarme como letrado simplemente o debo hacerlo si o si con procurador?
perfil :)
06/11/2006 17:05
¿Coinciden ciudad donde radica el Juzgado y donde radica la Audiencia?

Si ello fuere así, el Procurador que ha representado a tu cliente hasta ahora, presentará el Escrito de Personación; pídeselo, algunos lo hacen.

En los Poderes, si los hay, de tu cliente, seguramente vendrán varios Procuradores, entre ellos, el habilitado para actuar ante la AP, con facultad de sustitución. Si ello fuere así, contacta con ese Procurador y que se persone.

Si lo necesitas, luego te pego un modelito.

Espera más opiniones. ¡¡Saludos!!
06/11/2006 17:06
¿Le asististe tu en el Juzgado?
¿Es un Turno?
El procurador cuando actúas como defensa no es preceptivo hasta la apertura de juicio oral, pero claro te tienes que haber personado tu como letrado.
De todas formas ¿que fase del procedimiento estas?. ¿El recurso de apelación es subsidiario a uno de reforma?.
06/11/2006 17:12
Si tu cliente está en la cárcel es sencillo. Le preparas el escrito, vas a verlo a la prisión, con tu volante (que ahora lo exigen), le dices al funcionario que le pase el escrito para firmar, hablas y saludas al cliente de paso, recoges el escrito "ande" el funcionario, y corriendo a toda priesa te "apersonas" en la audiencia, cual "sapirujo encolequecizo".
07/11/2006 09:50
¿sapirujo encolequecizo?, esa no me la sé. Me lo aexplicas porfa?
08/11/2006 10:48
Gracias, La verdad que me ha servido mucho. Un saludo. Y gracias por la correccion. Un saludo a todos los foreros.
perfil ¿?
08/11/2006 14:49
Lo peor, despues de toda esa carrera, es que el funcionario de la Audiencia no sepa que es, apersonarse.
08/11/2006 17:46
En la facultad te enseñan teoría de dcho y muy poca -o casi ninguna- práctica. La personación es un requisito formal q aunque este licenciado "cum laude" no tienes pq saber hasta q ejerces. Sin acritud.