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apelacion

10 Comentarios
 
15/07/2011 16:47
mi caso es un poco complicado,tengo una ex resentida desde que nos separamos pero en este ultimo juicio pedia que me entregara ropa de fin de semana para mi hija que me pusiera el medicamen to para su enfermedad cronica(asma) y que cumpliese con lo que manda la sentencia pero nada de nada.
15/07/2011 16:41
Si el resultado del recurso evidenciara que el juez dictó sentencia de forma negligente sí podría reclamar al respecto.
No sé cual es su caso, pero si es claro que hasta que no se conoce con cierto detalle y profundidad y asiduidad la dinámica judicial cualquiera queda sorprendido de la forma de actuar y resultados de los procedimientos. Cuando ya se conoce la dinámica sigue sorprendiendo...
15/07/2011 16:33
gracias jose ramon espero solucionar este problemon ya ire informando como evoluciona el tema.
15/07/2011 16:30
gracias,contra la juez y la fiscal puedo poner algun recurso por neglijencia ya que no se miraron ninguna prueba,la fiscal parecia que estuviera en contra de los hombres era un poco rara comento que yo evadia las preguntas que me hacian la abogada y la jueza y mi respuestas eran claras y concisas entrando en detalles de todo lo que me preguntaban no entiendo la justicia habra hombres malos pero ese no es mi caso yo he perdido un trabajo por cumplir mi regimen de visitas y a la jueza le importa un pimiento,pienso que son mujeres resentidas y ven al hombre como un maltratador.
15/07/2011 16:23
Xela, la solicitud de suspensión del plazo para la apelación se hace en el juzgado, hágalo inmediatamente despues de entregar/enviar la solicitud de justicia gratuita.
15/07/2011 16:18
El abogado que llevo su caso en primera instancia debe hacerle el escrito .
Si Vd no tiene dinero para continuar con el abogado ,pero cobra más de 15000euros anuales ,tampoco tiene derecho a abogado con cargo a la justicia gratuíta,con lo que tendria que buscarse un abogado más barato o que le cobrará menos.
Como tiene plazo de 5 días ,Vd. lo que puede hacer el anuncio de la apelación ,deberá hacer un escrito en que conste nº de expediente ,identificación del juzgado que dicto la sentencia ,nº de sentencia...indicando que su abogado a cesado en sus funciones por...... y lo que impugna y porque.
Cuando este escrito llegue al juzgado ,se le requerira para que haga el recurso en legal forma,con abogado y procurador.(esto es lo que pasa normalmente).
Si cobra menos de creo que son 15000 euros ,podrá pedir la justicia gratuíta y mientras se lo conceden o no Vd.con el papel de haberla pedido ,se le paraliza el plazo.Si no tiene derecho a ella ,deberá buscarse otro abogado ,si no lo encuentra el recurso no seguira.

El art. 457.dice:
Artículo 457. Preparación de la apelación.

1. El recurso de apelación se preparará ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla.

2. En el escrito de preparación el apelante se limitará a citar la resolución apelada y a manifestar su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna.

3. Si la resolución impugnada fuera apelable y el recurso se hubiere preparado dentro de plazo, el Secretario judicial tendrá por preparado el recurso y emplazará a la parte recurrente por veinte días para que lo interponga, conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes.

4. Si el Secretario judicial entendiera que no se cumplen los requisitos a que se refiere el apartado anterior respecto de la preparación del recurso, lo pondrá en conocimiento del Tribunal para que se pronuncie sobre la preparación del recurso.

Si el Tribunal entiende que se cumplen los requisitos del apartado 3 dictará providencia teniéndolo por preparado; en caso contrario, dictará auto denegándola. Contra este auto sólo podrá interponerse el recurso de queja.

5. Contra la diligencia de ordenación o providencia por las que se tenga por preparada la apelación no cabrá recurso alguno, pero la parte recurrida podrá alegar la inadmisibilidad de la apelación en el trámite de oposición al recurso a que se refiere el artículo 461 de esta ley.

15/07/2011 16:05
gracias jose ramon,tengo que hacer todo el papeleo para pedir un abogado de oficio
15/07/2011 15:46
Pida el impreso para solicitar justicia gratuita (en el juzgado o en el colegio de abogados) rellénelo y entréguelo en el colegio de abogados o envielo por correo certificado quedándose con una copia sellada de la primera página. Vaya al juzgado con la copia sellada por correos (o sellada por el colegio si entregó allí la solicitud de justicia gratuita) y solicite suspensión de plazos hasta que le concedan abogado y aporte una fotocopia de la solicitud de justicia gratuita.
15/07/2011 15:39
gracias pero si no tengo dinero para abogado y el plazo son 5 dias para recurrir por cierto es una sentencia civil
15/07/2011 15:38
Si es una sentencia penal puede recurrirla Vd (aunque, a veces, el juzgado exige firma de abogado, cuestión que no debiera exigir...)
Si es una sentencia civil deberá ser su abogado quien la recurra.
Apelacion
15/07/2011 15:33
por favor alguien me puede comentar como puedo apelar yo mismo una sentencia en la cual la jueza y la fiscal pasaron de las pruebas presentadas y no miraron por mi hija si no por mi ex me urge gracias.