Gracias teofilo no obstante, yo argumentaria de contrario que, haciendo valer el principio de justicia rogada, inspirador del proceso civil, si no te opones se tendria en cuenta el pedimento del apelante, ¿en que parte de la Lec o Derecho General te inspiras tu?
no, uno se opone al recurso del contrario si quiere, pero no es imprescindible; ojo, si quieres que al contrario, le condenen en costas, entonces si que tienes que oponerte.
Estimados foreros, en una apelacion contra una sentencia, por ejemplo de desahucio que da la razon en todos los terminos al demandante, si el demandado apela ¿se tiene que oponer el demandante forzosamente a la apelacion so pena de no ver revocada la entencia de primera instancia?
Se sabe que siempre es conveniente pero....¿imprescindible?