Pues lo normal en la mayoría de los caso en un porcentaje altísimo es que si confirman la sentencia condenatoria, esta sea mas beneficiosa que la que recayó en la primera instancia que te rebajen la pena y/o responsabilidad civil, esto es lo que en la práctica sucede casi siempre pero no es por ley.
La ley contempla el hecho de que SI se pueda imponer una pena mayor como también puede ser igual o menor. Pero en la practica sólo en muy pocos casos se impone en la apelación una pena mayor a la de la primera instancia.
Quisiera me aclaraseis si en una sentencia penal condenatoria, en apelación por parte de condenada, pueda darse el caso que la condena sea aún mayor tras esta nueva revisión.