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Apartamento turistico

7 Comentarios
 
28/03/2008 13:24

Hola TN,

Ya sé que suena raro, pero es lo que nos está pasando.

El uso de ese tipo de apartamentos se regula por una ley del 82. Ésta establece que deben ser explotados comercialmente en alquiler (de 3 a 45 días) y el problema está en que desde la promotora nos ocultaron ese dato.

Por apartamentos turísticos nosotros entendíamos "apartamentos de playa" y ellos insistían en que no teníamos obligación de alquilar. Es más, aceptaron incluir la claúsula que he mencionado.
Obviamente esa claúsula carece de valor, sin saber nada de leyes entiendo que una ley está por encima de cualquier claúsula.

Te aclaro, el tipo de contrato que firmamos es de compraventa de nuestro apartamento (con piso y letra), pero en el borrador de la escritura no figura nuestro apartamento por ningún lado. Sólo se refiere al conjunto de apartamentos turísticos.

A todas luces nos han estafado y lo único que podemos hacer es pedir el dinero que hemos aportado. Aún no nos podemos creer el lío que tenemos encima.

Un saludo.
perfil TN
28/03/2008 12:45
Esto es muy raro.

Si tu compras un apartamento, nadie, ni si quiera si figurara una claúsula en el contrato que te obligara a arrendadar, podría obligarte, la claúsula sería nula.

Seguro que la promoción es de compra de un apartamento? no será otro tipo de promoción? si tienes la información de alguna página web de donde están los apartamentos, la pones y miramos que todo sea correcto.

Una de dos, o te estás agobiando por nada (creo que lo más probable) o te estás equivocando en el tipo de contrato que firmaste.
25/03/2008 22:25

Muchísimas gracias Javier, estamos muy agobiados y encima con miedo a perdir el dineral que, religiosamente, les hemos entregado. No te imaginas lo que nos tranquilizas. Gracias de nuevo.

Efectivamente, Sanfliz. En este caso venden los apartamentos sin informar de las obligaciones que conllevan... Y cuando quieres guardarte las espaldas incluyendo ésta claúsula y reclamándola después, hacen mutis por el foro. Es indignante.
25/03/2008 21:29
He visto muchas cosas raras en esta vida por mi edad , pero cada vez me encuentro cosas que me sosprenden, como en un pais democratico y se supone que somos libres y se respeta la propiedad privada, que alguien me explique como una constructora puede obligar a que el comprador alquile la propidad que acaba de comprar, sea en zona turistica o no turistica.
25/03/2008 21:01

Hola tamara

Mi impresión se resume en que ese contrato de compraventa privado tiene validez y si no se cumple tienes la opción de rescindir el contrato, que se reintegre la cantidad aportada, además de, pedir una indemnización por daños y perjuicios.

Un saludo

Abogado Javier Reguera
fcojavierreguera@hotmail.com

25/03/2008 18:46

Javier, antes de nada muchas gracias por contestar.

Sí hemos desembolsado dinero: la reserva del apartamento y 10 letras.

Respecto a la claúsula, estamos a la espera de que nos contesten de la promotora. Hemos insistido en varias ocasiones (nos queda enviar el burofax) en que queremos ver reflejada en escritura esa claúsula que nos exime del alquiler, pero argumentan que no tienen constancia de ella.
¿Cómo es posible? Nosotros tenemos la copia del contrato, la claúsula figura claramente y está sellada por lo promotora.

Javier, si finalmente no incluyen la claúsula ¿sería motivo para rescindir el contrato de compraventa y que nos devolviesen de forma íntegra el dinero entregado?

Estamos llegando a pensar que, sin ellos intuirlo, metieron la pata al incluir esa claúsula tratándose de un apartamento turístico (que por la información que voy obteniendo es un apartamento para ser explotado comercialmente). Si la incluyen y es ilegal para ese tipo de apartamentos ¿qué pasaría con esa escritura, el notario la daría no válida?

Muchas gracias de nuevo,
un saludo. Tamara.
25/03/2008 18:01

Hola tamara:

En primer lugar es necesario saber si has desembolsado dinero para la adquisición del apartamento.

En el caso de que se haya incluido la clausula en el contrato privado de compraventa que se firmo debes incidir en que aparezca en las escrituras la misma y, en el caso contrario, es decir, si no aparece se pueden tomar las acciones legales oportunas para que se declare nula la mencionada clausula.

De todas formas, mediante burofax con acuse de recibo enviaria a la promotora una carta haciendo especial referencia al contenido de la clausula que ha de incorporarse a la escritura e, indicando, a su vez, que el apartamento es para disfrute propio tal y como se establecio en el contrato privado de compraventa.

Un saludo

Abogado; Javier Reguera
fcojavierreguera@hotmail.com

Apartamento turistico
25/03/2008 13:25
Buenos días,

Espero que puedan asesorarme respecto a este tema porque estoy bastante agobiada.

Hace dos años me interesé por un apartamento en la costa, la promotora me informó de que eran apartamentos turísticos. Yo les hice saber que el apartamento sería para disfrute propio y que no quería alquilarlo. Me respondieron que no estaba obligada a alquilarlo si no quería, entonces les hice incluir una claúsula en el contrato de compraventa donde me eximían del alquiler.

Recientemente se han puesto en contacto conmigo desde la promotora indicando que ya se pueden formalizar las escrituras. Les he pedido que en las mismas figure la claúsula del contrato y no me están haciendo caso. Me han enviado un borrador de las escrituras y en él se refleja expresamente que estaría obligada a ponerlo en alquiler.

¿Pueden negarse a incluir esa claúsula?
Si finalmente no la incluyen, ¿puedo tomar acciones legales?
¿Qué puedo hacer?

Estaría muy agradecida si pudieran indicarme el camino que debo seguir para solucionar esto.

Gracias por anticipado, un saludo.
Tamara.