He aparcado un momento en la zona de minusválidos en el C. Comercial Carrefour de Torremolinos que es subterráneo y donde la señal sólo es azul, no indica prohibición, sino información.
Cuando he regresado al coche tengo un papelito de la policía. Nunca he visto en ese parking que ademas es subterráneo, a ninguna patrulla de la policía local. Además habían más vehículos además del mío y sólo me ha caído a mi. Pueden multar dándose esas circunstancias? Que la señal sea de información y no prohibición, que se trate de un parking privado etc?
Por favor, espero respuesta.
Prescindiendo de la valoración moral que conlleva esa acción pues éste es un foro jurídico , decir que la Ley se seguridad Vial se aplica en todo el territorio nacional y ... de manera especial en zona de uso común y un parking lo es..
Sería complicado entender que una zona de uso de una colectividad estuviera excluida de dicha Ley.
Por otro lado, salvo que las marcas de pintura estuvieran totalmente deterioradas e impidiera su identificación, complicado lo veo
Por último si estacionó su vehículo y se ausentó durante al menos 2 minutos..ustéd aparcó y punto. Veo perfectamente justificada esa multa
La Ley de Seguridad Vial se aplica en “todo el territorio nacional y obligará a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios”.
Ya me dirás de qué sirve imponer zonas reservadas a minusválidos en CC si cualquiera puede pasársela por el forro. ¿Y si hay un ceda el paso en el parking y te lo saltas y te comes a otro tampoco cuenta el ceda el paso? Hombre...