Las plazas de garaje existen, pues, en función de la capacidad de aprovechamiento de un
determinado local para un cierto número de vehículos. Cuando tal aprovechamiento se ha agotado, porque más vehículos no pueden estacionar en condiciones de policía y seguridad adecuadas, hay que concluir que el aparcamiento no existe
Hoy es la simple motocicleta, mañana la moto, pasado mañana la caravana y al cabo del año la embarcarción. "No es mofa es realidad", multiplica esto por 82 plazas de garaje y verás el resultado, pues si uno cree tener derecho, el vecino dirá: yo más; pues asi somos los españoles
Justa tampoco es para ponerse así para aconsejar al administrador a que le demande. Se trata de una simple motocicleta, todo el mundo tiene en las plazas de garaje además del vehículo cuatro trasto como las vicicletas de los niños etc etc.
No se que pensar de esa cláusula que restringue el derecho de propiedad.
La promotora no es la que marca las pautas urbanisticas, sino que esto lo hace el ayuntamiento,
y según los metros cuadrados de local destinado a garaje, da licencia de obra y de funcionamiento de garaje con un determinado numero de plazas de garaje con indicación de los vehiculos que se permiten aparcar, pida usted la licencia de funcionamiento del garaje, la da la conserjería de industria, y siento coincidir con consejo gratis, en que todos somos como el Lazarillo de Tormes, usted dentro de su propiedad puede hacer lo que quiere pero dentro de la normativa, y esa propiedad es una plaza de garaje para un vehiculo, el ayuntamiento no le prohibe tener un vehiculo, ni usar su plaza, ni le dice que vehiculo puede estacionar usted, pero si le dice que usted tiene una propiedad para aparcar o guardar un vehiculo solamente, eso y nada más.
Sus vecinos tienen todo el derecho de exigirle a usted que cumpla los Estatutos y si yo fuese la administradora les aconsejaría que le demandasen, pues les esta perjudicando usted, aunque usted no lo quiera ver, sobre peso para el forjado por ejemplo, pues todos podrian hacer lo mismo que usted, y otras muchas cosas que podría indicarle.
Perdoneme, pero no quiero ser un listillo en níngún momento. No perjudico en níngún momento a ningún propietario, pues no molesto a nadie meto el coche y la moto en mi plaza delimitadas por unas líneas amarillas donde me caben perfectamente los dos vehículos y me parace un poco injusto que no pueda hacer dentro de mi propiedad lo que yo quiera, por supuesto sinmolestar a nadie, porque pienso que esos estatutos los impuso la promotora con el motivo de comprar todas las plazas de moto que tienen sin vender pues en esas plazas no caben nunca dos coches y asi obligaban a comprar las plazas que aún despues de diez años no tienen vendidas, creo que ese es el motivo.
Mazanares, cumpla con lo que dice el estatuto de su comunidad, pues cuando compro usted la plaza sabia lo que compraba, deje de ser un listillo, pues con ello perjudica usted al resto de los propietarios.
Hay más de un caso de propietarios que tiene precintado el garaje, ya que no pueden pagar los desperfectos por un incendio, provocado por un vehiculo de un Sr. que hacia lo mismo que usted.
Pero habrá que fijarse en otro tipo de claúsulas, dado que si en los estatutos pone que sólo un vehículo por plaza, la aseguradora podría agarrarse a eso.
En todo caso, tampoco hay que pensar que pase lo peor, pero hay que tenerlo en cuenta.
Ahora bien, te van a llevar a juicio por eso? no sé si les compensa.
Eso sí, ten en cuenta que si pasara algo, posiblemente el seguro del garaje no se haría cargo por haber más vehículos por plaza de los permitidos (habría que mirar qué pone el contrato, pero los seguros se están poniendo tontos con eso), no sería el primer caso y, si eso pasara, bien la comunidad o bien el seguro mediante la acción directa, podría reclamar contra las plazas que tengan más de un vehículo.
Supongo que inscritos en el registro estarán pues los estatutos estan junto con la escritura de compraventa de los pisos, si que es verdad que yo los he solicitado pues en la escritura de mi plaza de garaje no vienen
Si que lo pone en los estatutos, pero tengo entendido que los tribunales no permiten que mediante estipulaciones contenidas en los estatutos o mediante acuerdos de la comunidad se pueda limitar el derecho de propiedad sobre la plaza.
Soy el propietario de una plaza de garaje donde me entra un coche y una moto en mi plaza sin salirme de la misma. En la Junta de Vecinos de todos los años me dicen que está prohibido aparcar dos vehículos en la misma plaza. En los estatutos de la comunidad asi lo pone. Mi pregunta es si yo no puedo aparcar dentro de mi plaza y sin molestar a nadie los dos vehículos.