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Aparcamiento ilegal en plaza privada

12 Comentarios
 
Aparcamiento ilegal en plaza privada
18/04/2017 00:17
Hola a todos, lo primero pedir disculpas si este no es el foro correcto. Tengo una plaza de garaje libre en el parking de mi edificio y resulta que un "jeta" lleva 3 semanas aparcando en ella. No hay contrato de por medio ni verbal ni por escrito.
Qué debo/ puedo hacer? Además de ponerle un cartel en el parabrisas instándole a abandonar mi plaza ( y que ha ignorado ) no se me ocurre nada más. He informado al administrador y me dice que le ponga una nota ( otra vez ) y que si sigue aparcando, que coloque un cepo, el problema es que no retiran el coche, por lo tanto no puedo instalar el cepo, o sí puedo?
Si coloco el cepo en el borde de la plaza, de manera que no sobresalga de la misma pero impidiendo sacar el vehículo, me supondrá un problema legal? Leyendo por internet veo cosas como retención ilegal de un bien, y sólo faltaba que me usen la plaza y le tenga que pagar por ello.
Muchas gracias
18/04/2017 00:30
ghoul
Pues la verdad con el tema del cepo no me atrevo a pronunciarme, pero lo que si puedo decir es que puedes llamar a la grúa (las hay que acceden a parkings) y que seguramente a ti no te cobrarán por ir (supongo), y para recuperar el coche el ocupante de la plaza deberá abonar cierta cantidad de dinero (que seguro que no le hace gracia) y no volverá a dejar el coche ahí.

Si no llama a la policia y a ver qué solución te dan, diciendo que has ido a aparcar y te lo encuentras ahí a diario o llaman a la grúa o le denuncias.

Salvo mejor respuesta sigue mi consejo y mañana mismo ponlo en practica y nos cuentas qué ha pasado que habrá más gente en tu situación.
18/04/2017 00:43
ghoul
Por otra parte, podrías si estás interesado en alquilársela si es que no la usas ni la usaras próximamente.

De otro modo y salvo que haya cámaras en el parking es demandarle por daños y perjuicios ocasionados al no poder dejar tu coche en el parking, solicitando que te abone el coste de un alquiler mensual prorrateado por los días que lo ha usado. Aunque aquí ya necesitarías abogadado y procurador si exiges más de 2.000 €, si es menos puedes acudir o bien por tu cuenta o bien solo con abogado sin procurador.
18/04/2017 09:46
Vmlex
Gracias por responderme. La plaza no la necesito porque tengo otra pero no hace gracia que le digas a un familiar que viene de visita que aparque ahí y no pueda porque un caradura se adelantó.
Lo de la policía no me vale, tengo un amigo que lo es y ya me dijo que me olvidé, que al ser párking privado no pueden hacer nada(aceptar la denuncia únicamente). Y la grúa me cobraría (ya les he llamado para preguntar) y claro, luego le tendría que pedir que me pagara el coste de la misma y a saber si lo hace.
18/04/2017 09:58
ghoul
Habla con el presidente y trata de ir por la vía del art. 7.2 LPH, con la acción de cesación por actividades molestas. Quizá de esa forma se plantee seguir con su actuación.
18/04/2017 10:38
ghoul
Lo mejor es lo de la grúa y llevarlo al desguace.
Que se encargue de la tramitación, otra persona que no sea usted.
18/04/2017 15:20
Acritons
Para que un vehículo sea llevado al desguace lo debe solicitar el propietario, o un tercero autorizado por escrito del propietario, aportando la documentación del vehículo cosa que en este caso no se da.
18/04/2017 16:45
ghoul
Si la opción de la policia y grúa no le vale, le di la opción de la vía judicial, y siempre que reclame menos de 2.000 € no necesitará abogado y procurador.
18/04/2017 16:57
ghoul
Solo quiero decir que no es cierto que "siempre que reclame menos de 2.000 euros no necesita abogado y procurador". Eso solo ocurre cuando no se reclama más de esa cantidad y nos encontramos en un declarativo verbal DETERMINADO EN RAZÓN DE CUANTÍA. Todos los demás verbales y TODOS los declarativos ordinarios llevan abogado y procurador siempre, al margen de la cuantía.
18/04/2017 17:03
ghoul
La acción de cesación, por cierto, es un procedimiento Declarativo Ordinario. Abogado y procurador SIEMPRE al margen de la cuantía.
19/04/2017 23:45
D. Crane
Muy cierto, fallo mío. Aunque en mi defensa diré que me refería a una demanda por daños y perjuicios que ahí al ser menos de 2.000 € no necesitaría abogado y procurador.

Pero tiene toda la razón, la experiencia da galones y espero ir ganándomelos poco a poco.

En cuanto al caso, quizá sea más correcta para el caso la acción de cesación como ha indicado D. Crane.

Ya nos contará como lo soluciona.
20/04/2017 10:33
ghoul
Más correcta desde el punto de vista legal es (estimo) la acción de cesación, pero efectivamente una demanda reclamando la indemnización le ahorraría abogado y procurador y quizás tuviera el mismo efecto. Lo que has dicho puede ser, en la práctica, un buen consejo. La aclaración la hice porque los clientes suelen entender lo que más les conviene (lógico) y por eso conviene puntualizar muy mucho. Un saludo y sé bienvenido.
20/04/2017 10:52
ghoul
En resumen yo solicitaría un informe en Tráfico del vehículo para conocer el titular y la dirección y le notificaría de forma fehaciente para que retire el vehículo, advirtiendole de que se va a instalar un cepo en x días. A partir de ahí lo colocaría y además me plantearía el tema de la demanda. Efectivamente la policía municipal no actua en aparcamientos privados. El problema es el de siempre: meterse en gastos que no va a recuperar.