Buenos días, me gustaría saber si hay alguna legislación que regule la obligación de poseer acarcabicicletas en los lugares de pública concurrencia, en concreto, en centros de formación.
Gracias de antemano.
yo no la conozco, ni en centros de formación ni en ningún otro uso
he hecho proyectos de algunas escuelas de primaria e institutos de secundaria, cinco en total y de esto hace entre 15 y 25 años, pero no he previsto aparcabicicletas
en los últimos cinco años he participado en varios concursos, dos guarderías de nueva planta y la ampliación de un instituto, que no he ganado ... y el el programa tampoco había aparcabicicletas
incluso en las obras de urbanización, en general, las normas de accesibildad que conozco sí exigen aparcamientos para discapacitados, aparte de la supresión de barreras arquitectónicas ... pero todo se centra en el automóvil y en el peatón
me parece interesante como propuesta para un uso generalizado, aunque no soy partidario de una regulación excesivamente rígida, y tampoco lo veo de gran utilidad allí donde no existe carril-bici.
Creo que ya hay muchas normas de obligado cumplimiento, y que han de ser los servicios técnicos del Estado (desde la administración central a los ayuntamientos) quienes, en sus proyectos, marquen la pauta a las nuevas necesidades. Lo digo así porque no soy partidario de un estado excesivamente intervencionista, pero sí creo que ha de crear las infraestructuras básicas que permitan dinamizar la sociedad.