Yo entiendo que en la Administración no funciona eso de "anunciar" el recurso.
Se te concede el plazo para que lo presentes y, si lo consideras conveniente y aportas las justificaciones en que te bases, solicitas la suspensión del acto.
Si tiene algún motivo que puedas acreditar para no poder presentar el recurso en plazo (p.e. haber pedido algún documento en el extranjero) deberás interponer el recurso e indicarlo, solicitando una ampliación del plazo de presentación. Aunque te recuerdo que no es el momento procedimental para practicar pruebas (salvo que sean posteriores a ese momento).
No lo suspendería en absoluto. Eso sí, ten en cuenta que el contenido del recurso de reposición no te vincula para una posterior reclamación contencioso-administrativa.
Necesito ayuda, es Urgente!!!!!: ¿¿Se puede presentar un escrito anunciando la formalizacion de un Recurso de Reposición??? ese escrito suspendería el plazo de 1 mes???