demanda de juicio ordinario para resolución de contrato de compraventa de vivienda y activación de cláusula penal consecuencia de esa resolución pedida.
en mi demanda pido la resolución del contrato, 60 000 euros de cláusula penal a los demandados por el incumplimiento que da pie a la reslución pedida, y una indemnización por daños compatible con la penal pues asi se estipulo en el contrato a resolver.
la sentencia en 1ª instancia, me la estima parcialmente, pues declara la resolución, pero no me da la cláusula penal y no hace mención alguna a la indemnización por daños que recogia mi petitum de demanda.
1ª duda que tengo:
el anuncio para la apelación debe recoger los pronunciamientos contrarios que recurro. uno esta claro en la sentencia (y cito:"no ha lugar a la aplicación de la cláusula penal"), este lo recojo en el anuncio pero, si no hace mención en la sentencia a la petición de indemnización de daños de mi demanda que debo poner en el anuncio del recurso: " el no pronunciamiento sobre la petición de daños y perjuicios"?.
2ª duda. esta es sobre el fondo, creo que equivoque la linea jurisprudencial en la que me base en mi demanda y puse que la indemnización de daños se calcularia por el juzgador mediante criterio objetivo en ejecución de sentencia, contra lo que la contestación a la demanda me opuso una jurisprudencia del ts que viene a decir que es en la demanda donde debe quedar valorado esos daños. ¿ves posible atacar esto, o es mejro casi obviarlo en el recurso de apelación e ir contra el pronunciamiento de no estimación del pago contra los demandados de la clásula penal?
en este sentido, puedo yo anunciar el recurso con unos pronunciamientos y luego en el momento de interponer el recurso de apelación, solo recurrrir uno de los pronunciamientos anunciados y no recurrir en el recurso el otro (es decir, aun anunciando recurrir contra la no aplicación de la clausula y el no pronunciamiento de daños y perjucios, una vez visto que no podia ganar lo segundo por prevalecer esta linea jursiprudencial renunciar en el escrito del recurso de apelación a esta pretensión o por el contrario estoy obligado a recurrir en apelación todos y cada uno de los pronunciamientos sobre los que anuncie previamente?.
por utlimo en la vista, si uno de los testigos, testifica y luego se sienta, y el testigo posterior con su testifical demuestra que el testigo anterior mintió en lo de no tener relación o interes alguno ¿se puede alegar como infracción de normas procesales? yo no proteste contra un testimonio pues considere que el juez tendria en cuenta esta situación que oyo igual que yo. (el caso concreto era que el testigo 1 va como arqutecto municipal, con la única relación con el demandado promotor de ser arquitecto, pero luego el siguiente testigo en su testifical dice del primer testigo que a parte de ser arquitecto municipal, tambien era el asesor por fuera del ayuntamiento del demandado, relativizando bajo mi punto de vista, la testifical de este primer testigo; testifical que le sirve al juez para, contra un contrato expreso que dice lo contrario, no estimar mi petición de clausula penal enla que el demandado pagaria 60.000 euros.
si necesitaiss cualquier dato mas no dudeiss en pedirmelo. y es que urge porque tengo que anunicar mañana.
1º Yo pondría más bien: "la falta de pronunciamiento sobre la petición de daños y perjuicios"
2º Aunque esté perdido tampoco pierdes nada por recurrir, yo he visto demandas de daños sin cuantificar estimadas y dejando para la ejecución la valoración de los daños...es una barabaridad (a mi juicio) pero pasa...
Lo último no lo veo claro porque un testigo puede tener más credibilidad que otro...si acaso incluirlo como error en la valoración de la prueba, que no sirvirá para nada pero queda...
morinelli, en relación a la duda segunda, que opinion tienes de la segunda parte de la pregunta; crees que puedo incluirlo en el pronunciamiento y luego si no estimo bien porque me convenza que quiero ir a por la estimación directa y ganar costas, no incluirlo en el recurso en si o por el contrario una vez expresado en el anuncio como pronunciamiento a recurrir, tengo la obligación de recurrirlo tambien en el propio recurso.
Pues veo dos opciones o anunciarlo y luego no decir nada...que no pasa nada, o anunciarlo y expresamente decir que se excluye del recurso, algo que yo no haría...
muchas gracias morinelli por sus comentarios, anunciare contra el pronunciamiento de clausula penal y contra el no pronunciamiento de daños y ya veré si recurro finalmente los dos. un saludo.