Recuerdo que hace un año mas o menos, una persona en malaga consiguió un coche de lujo por 2000 euros, por que recibio publicidad que esta equivocada. el juez le dio la razon...
ahora me encuentro que en una pagina web, anuncian un producto muy barato, tanto que seguramente sera un error (le faltan ceros). estoy en la misma situacion que el señor del coche, es decir, puedo reclamar la compra por el precio anunciado en una pagina web?
Perdona sabert pero este foro es de Propiedad horizontal lo cual son comunidades de vecinos, así que dirigete a otro foro, que seguro que sabrán más de estos temas.
En primer lugar, la sentencia de málaga no es firme, y existen serias dudas de que la confirmen en segunda instancia (no estoy segura, pero creo que era un laudo arbitral, aunque eso no importa mucho ahora).
Ud. puede comprar ese producto, y si efectivamente es un error, le pasará como el caso del coche, el vendedor tratará de cobrarle el importe real, por lo que terminará en el Juzgado (o en el arbitraje).
El precio publicado (en folletos, carteles, anuncios) es vinculante. Si es un error, el vendedor debe advertir de ello en cuanto lo detecte (a través de carteles en la tienda, prensa...).
Esto no significa que se permita a las empresas cometer "errores" que sirven como gancho , con la excusa de la rectificación, pero también se exige al consumidor un mínimo de honradez, es decir, que si ve claro que es un error, no se puede amparar en ello para conseguir un producto "gratis" (ej. Hace unos meses una cadena de supermercados vendía reproductores de DVD a 60 céntimos. Se agotaron las hojas de reclamaciones).
Si el producto le interesa, averigüe si existe un plazo para devolverlo, busque una posible rectificación, y si lo ve claro, cómprelo (quizás sea un chollo).
La cuestión no es que Ud. pueda reclamar ese precio, sino que la empresa le reclame después a Ud. el precio real y se haya pasado el plazo de devolución.