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anular tarjeta residencia comunitaria

6 Comentarios
 
Anular tarjeta residencia comunitaria
07/10/2014 12:13
Hace 1 año me hice pareja de hecho con un ciudadano peruano, ya que estaba en situacion ilegal y no deseaba que perdiera su trabajo y yo le amaba. . Nos empadronamos en mi casa, y le di dinero cada vez que me pedia. Ahora he descubierto su mentira y que me ha utilizado para obtener sus papeles; pues ha marchado a otra ciudad diciendome que por trabajo, pero ni siquiera me coge el telefono. Me gustaria ir a extranjeria y anular su tarjeta de residencia, para que sea deportado. Por favor, digame que tengo que hacer para tal anulación. Tengo facturas de todo el dinero que le deje. ¿Que debo llevar a extranjeria para que le anulen su tarjeta y yo no figure ya como ciudadana comunitaria que le dio su tarjeta? Muchas gracias
Anna
07/10/2014 19:03
Hola:

Es suficiente con que solicite la cancelación de la inscripción como pareja de hecho en el Registro Público donde se inscribieron como tal.

Si, además, hubiera previamente formalizado la relación por escritura pública, deberá también dejar sin efecto la escritura pública.

El efecto de la cancelacion de la inscripción como pareja de hechio, será que el dispondrá de tres meses para solicitar su modificación a régimen general. Si no lo hiciera en ese plazo, quedará en situación irregular.

Para desvincular su responsabilidad, puede, luego de que cancele la inscripción, comunicar el hecho a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.

La persona, en todo caso, no quedará en irregularidad sino hasta después de transcurridos los tres meses siguientes a la cancelación de la inscripción sin que, en ese plazo, haya solicitado la modificación régimen general. Hasta tanto, no hay infracción alguna en mteria de Extranjería y por tanto, tampoco podrá incoarse un expediente administrativo sanciondor.

Un cordial saludo.
15/09/2021 17:56
Hola foro! a ver si me pueden ayudar. Actualmente residencié a mi esposa que era extranjera y porque soy una persona "buena" me pidió que le ayudara a residenciar a su madre. Conclusión es que mi esposa ya es ciudadana española y su madre tiene NIE con mi número de DNI en la parte trasera. Actualmente me estoy separando porque la muy puta me ha puesto cuernos y necesito hacer la cancelación del NIE de su madre, el cual se solicitó por una suùesta "re-agrupación familiar". La madre entra y sale de España frecuentemente gracias a mi y quiero suspender ese NIE al costo que sea. Luego que inicie su trámite con su hija desde el principio. Necesito obligatoriamente eliminar ese NIE antes de que la mamá vaya a solicitar papeles españoles gracias a mi.
15/09/2021 20:52
Vamos a ver, usted no puede eliminar ese NIE ni ninguno, la perdida de la tarjeta de residencia ha de estar motivada en alguna de las causas establecidas en la normativa, y el hecho de que su ex, le pusiera los cuernos no se encuentra entre esas causas, el hecho de que entre y salga de España tampoco es causa de perdida de la tarjeta siempre y cuando se respete lo establecido el RD 240/2007.

La madre de su ex, lo que deberá hacer, si su tarjeta es la inicial, es modificar a régimen general, y si su tarjeta es permanente no deberá hacer nada porque no le afectará su divorcio.

Un saludo.
15/09/2021 23:07
LuisGus1981
Hola:

Si la hija ya adquirió la nacionalidad española, está en condiciones de amparar a la madre y darle el derecho de residencia en régimen comunitario si cumple con las condiciones para hacerlo.

Si usted está casado y su suegra es residente en régimen comunitario (tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión inicial), en cuanto la resolución de divorcio sea firme, su suegra podrá modificar a régimen general (tiene 3 meses de plazo para hacerlo) o bien solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión por vivir a cargo de su hija, debiendo previamente comunicar el hecho del divorcio.

Si su suegra ya hubiera adquirido el derecho de residencia permanente en España, no lo perderá por razón del divorcio, pero estará obligada a comunicarlo a la Oficina de Extranjería.

Usted no tiene realmente ninguna obligación de comunicar nada a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, pero nada obsta que envíe un escrito comunicando el hecho del divorcio, junto con la respectiva resolución que lo acredite, indicando que lo hace a los efectos que pudieran ser relevantes, de acuerdo con la normativa de Extranjería, con respecto al derecho de residencia en España de su suegra (indique el nombre completo y el NIE), en razón de haberle sido reconocido en virtud del parentesco por afinidad nacido del matrimonio entre usted y su ex cónyuge, el cual ha quedado disuelto legalmente. Con eso, ya la Oficina de Extranjería adquirirá conocimiento de los hechos y llegado el momento, de ser el caso, actuará conforme a Derecho.

Un cordial saludo.
16/07/2022 05:38
Buenas noches, a mi madre le otorgaron la residencia por familiar comunitario, tiene 87 años. El NIE dice que vence en febrero de 2023. Sin embargo, luego de que se la otorgarán salió de España y estuvo 2 años viviendo en Venezuela. Ha regresado a España, tiene ya 9 meses y a los 3 meses estando aquí he solicitado el DASE ( derecho al sistema de salud español a personas en estatus ilegal en España) se la han concedido temporalmente por 3 meses mientras estudiaban su expediente. Ahora me dicen que se la han denegado porque posee NIE. Yo asumía que por haber estado fuera de España su NIE se había cancelado, pero al parecer no es así para el estado sigue vigente. Que debo hacer para cancelar el NIE y así ella pueda beneficiarse de los servicios de salud porque con NIE no tiene derechos y es imposible un seguro de salud privado. Gracias
17/07/2022 16:36
gabiota
Hola:

De acuerdo con el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión caduca por ausencias de España superiores a los 6 meses por año, excepto si la persona se halla en algún supuesto en los que se permite la permanencia fuera de España por mayor tiempo o en algún supuesto de no aplicación.

En todo caso, la caducidad por ausencia la debe declarar la Subdelegación del Gobierno en la provincia cuando tenga conocimiento del asunto y debe darse la correspondiente audiencia al interesado para que pueda alegar lo que estime oportuno y sobre todo, pueda probar que se halla en algún supuesto excepcional.

Mientras tenga nominalmente en vigor la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión y no se haya dictado resolución que declare la caducidad por ausencia y la fecha desde la que se entiende producida, la persona sigue estando en situación legal en España y considerada como residente legal. Por ello, no puede gozar de beneficios o derechos reconocidos específicamente para personas en situación irregular.

En el caso de los ascendientes directos de ciudadano de la Unión, que vivan a su cargo, es obligación del ciudadano de la Unión hacerse cargo de la contratación de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos, pues sobre esa base le fue concedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.