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Anular Pensión Compensatoria

7 Comentarios
 
05/03/2010 19:45
Gracias por vuestros consejos, voy a intentar localizar un detective, honesto y barato
05/02/2010 15:24
Pues me temo que la única solución que tendrías es contratando un detective privado. Si dices que vas muy mal de dinero cógete un abogado de oficio, a ver lo que te dice.

Hace ya un tiempo salió en tv, un caso parecido al tuyo, y pillaron a la ex limpiando las ventanas de una casa en la que trabajaba; pero claro las pruebas las consiguió el detective al que el hombre había contratado.
05/02/2010 14:26
Gracias a jose m. y Evelyn.es, esta claro, pero es que mi tema es complejo, ya que se hace la enferma con dolores dificiles de detectar con RX, RNM etc, solo tacto del médico, y sé que hace trabajos en negro en casas etc. Claro no le interesa trabajo legal ya que con lo que le paso y lo que saca por otros temas...... Ruego más ideas
04/02/2010 21:56
Hola Lechero,
Te puedo comentar que a mi, la A.P. de Barcelona anuló la pensión compensatoria que me había impuesto la juez de primera instancia, ya que consideró que no se había producido desequilibrio económico en el momento del divorcio. Además, la anuló con efecto retroactivo a la sentencia inicial del divorcio. Suerte.
04/02/2010 19:15
Lechero, por si te sirve de algo te pego otro enlace.


http://www.aa-divorcios.com/b_10claves_extinguir_pension2.php


10 CLAVES PARA EXTINGUIR UNA
PENSIÓN COMPENSATORIA DE LARGA DURACIÓN


No es infrecuente la situación en que una Pensión que se pactó en Convenio Regulador o se fijó Judicialmente hace muchos años, el cónyuge pagador se pregunte si es posible eliminarla, dado el tiempo transcurrido y la cantidad de dinero invertido en la misma.

Él cree, en definitiva, que ya vale de tratar de vivir a su cuenta.


A menudo estas personas han hablado con otras que están en su misma situación y no la abonan, han consultado con Abogados de opiniones contradictorias y se encuentran en una situación de perplejidad y confusión.


Para empezar debemos señalar que, actualmente y como norma general, la Compensatoria tiene un Carácter Temporal, Transitorio, Circunstancial y Relativo, con una finalidad claramente reequilibradora y es posible limitarla en el tiempo, desde el mismo momento en que se pacta, o bien se dicte Judicialmente una Sentencia.


La Ley no la configura como un Derecho de Duración Indefinida ni Vitalicia.

En la realidad actual, donde son frecuentes las Rupturas Matrimoniales, el concepto existente de Pareja, junto con la tendencia hacia una igualación de sexos, favorece la interpretación temporal y transitoria de la Pensión, por tanto, la Norma Excepcional es que la Compensatoria sea tomada como Vitalicia, aunque todavía existen numerosos supuestos en que la única forma de compensar el desequilibrio económico que la Separación ocasiona en uno de los cónyuges es la Pensión Vitalicia.


Hay situaciones en las que no es previsible hablar de extinción de la Compensatoria de Larga Duración, por existir un desequilibrio perpetuo, casos en que uno de los cónyuges padezca ciertas secuelas o soporte cargas derivadas de la convivencia matrimonial que permanecen indefinidamente.


Habrá pues, muchas veces, que aunque el marido deudor piense que no se puede eliminar la Pensión, si que existe esta posibilidad, no obstante, será necesario estudiar cada caso concreto.


¿Qué criterios podemos manejar para tratar de extinguir una Compensatoria de Larga Duración?

A pesar de que pueden existir muchos que son circunstanciales y casuísticos, a título de ejemplo señalaremos algunos de ellos:

• ¿Cuánto tiempo estuvieron los cónyuges casados?

• ¿Cuánto tiempo ha pasado desde la Separación?

• ¿Ha existido Divorcio ?

• ¿Los hijos se han emancipado?

• ¿Se ha liquidado la Sociedad Económica Conyugal?

• ¿Qué tipo de trabajo tiene el cónyuge acreedor?, ¿Estable o transitorio?

• El plazo de recuperación del desequilibrio del cónyuge acreedor, ¿ha sido el suficiente?

• ¿Qué tipo de Patrimonio Económico tiene el cónyuge acreedor?

• ¿Convive tu ex, maritalmente con un tercero?

• ¿Tiene tu ex, otras fuentes de ingresos actualmente?
04/02/2010 18:47
Evelyn.es, Gracias, por la información, pero para averigüar esto u otras cosas, hace falta un detective
y no he encontrado mimguna asociación que te ayude al respecto, ya que mi economia esta bajo cero y yo en el paro, si sabes de alguna otra sentencia ya me dira, gracias de nuevo.
04/02/2010 18:04
Te pego éste regalito.

http://ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com/servlet/ContentServer?pagename=R&c=Articulo&cid=1178505011632&pubid=988617426871


Una sentencia retira la pensión a una mujer separada por tener pareja estable
El pais.com / 11.05.07

(Un pasito para corregir abusos flagrantes)

PERE RÍOS - Barcelona - 11/05/2007

La Sección 18 de la Audiencia de Barcelona ha dictado una sentencia en la que considera que puede considerarse "convivencia marital" la situación en la que cada integrante viva en su domicilio o lo compartan algunos días, si existe la voluntad de ser una pareja estable y si se producen los "sentimientos de exclusividad afectiva y estabilidad emocional con vocación de continuidad".

El tribunal realiza estas consideraciones en una sentencia que deniega el derecho de una mujer divorciada a seguir recibiendo una pensión compensatoria de su ex esposo por existir una relación afectiva posterior que puede calificarse de "convivencia marital". El Código de Familia catalán establece que en esos supuestos cesará la citada prestación económica.

Añaden los jueces que es irrelevante si se mantiene aquella relación y que lo trascendente es que existió.

El tribunal razona que "frente al rigorismo exigido antaño y atendida la realidad social del momento", ha de considerarse que en la sociedad actual "existen distintos tipos y modelos de convivencia".

Los jueces añaden que puede calificarse de "marital" toda aquella convivencia que tenga "visos de cierta estabilidad" y que lo trascendente no es vivir juntos, "sino la existencia de una relación sentimental" y la voluntad de ser pareja estable.


Anular pensión compensatoria
04/02/2010 17:35
Podría alguien indicarme alguna sentencia , sobre anulación de una pensión compensatoria, ya que no encuentro nada, gracias.