Un cliente (empresa) ha recibido una reclamación mediante un proceso monitorio por el impago de unas facturas en otra empresa. Ha hecho caso miso a esta reclamación y se ha despachado ejecución y ahora le van a embargar cuentas por el importe que le reclaman.
Resulta que esas facturas el no las debe porque ha sido alguien que, actuando en nombre de su empresa , ha adquirido mercancías en la empresa acreedora.
Con independencia de la posibilidad de actuar penalmente contra este tercero estafador, hay alguna posibilidad en el monitorio o ya es cosa juzgada y ahora toca pagar a la empresa acreedora.
Depende de si SSª estima que es con ánimo dilatorio. Tendría que estar muy bien fundamentado y contar con prueba suficiente, por ejemplo con denuncias contra ese tercero en el momento que se tuvo conocimiento de su actuación