Muchísimas gracias. Creo que estás en lo cierto. He estado mirando cuales son los requisitos para obtener la cédula de habitabilidad, y uno de ellos es que haya agua. Luego entiendo que la bomba es un elemento que afecta a la habitabilidad. Debido a ello, creo que el artículo a aplicar es el 10 (LPH). Donde serán de obligado mantenimiento todas los componentes que afecten a la habitabilidad. Así, como bien dices, ni 3/5, ni unanimidad, ni tan siquiera votación alguna.
No, no se puede eliminar el grupo de presión, ni 3/5 ni unanimidad. Es un requisito básico de habitabilidad y por lo tanto un elemento común estructural.
Si tienen problema de ruidos sería conveniente aislarlo acústicamente.
Muchas gracias. Algunos me indican que a pesar de ser un elemento común, se requiere unanimidad. Además he coincidido con un constructor que me ha indicado que si la presión es menor a tres kilos, se les exige introducir una bomba de suministro. Automáticamente he pedido una "carta de presiones" a mi empresa suministradora (emaya). Además, emaya, me ha dicho que solamente garantiza suministro a plantas bajas y primeros pisos. Ahora me toca buscar los textos legales de tales exigencias. Por último, el artículo 10 dice que el mantenimiento de los equipos esenciales para la habitabilidad es de obligado cumplimiento. Y el agua es un bien básico y entiendo que no pueden desabastecerme.
Muchas gracias. Algunos me indican que a pesar de ser un elemento común, se podría aplicar el artículo 17 y en consecuencia, se podría aprobar por 3/5 partes. Por otra parte, he coincidido con un constructor que me ha indicado que si la presión es menor a tres kilos, se les exige introducir una bomba de suministro. Automáticamente he pedido una "carta de presiones" a mi empresa suministradora (emaya). Además, emaya, me ha dicho que solamente garantiza suministro a plantas bajas y primeros pisos. Ahora me toca buscar los textos legales de tales exigencias. Por último, el artículo 10 dice que el mantenimiento de los equipos esenciales para la habitabilidad es de obligado cumplimiento. Y el agua es un bien básico y entiendo que no pueden desabastecerme.
La eliminacion de elementos comunes, solo necesita 3/5 art. 17.3
3. El establecimiento o supresión de los servicios de portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, supongan o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirán el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
Lo que pasa que es totalmente absurdo su eliminacion si no existe suficiente presion.
Si la bomba hace ruido, pues se arregla. Tienen servicio de mantenimiento?
Eso es un elemento común, para cuya eliminación se precisa unanimidad.
Por otro lado, sería preciso el asesoramiento de la empresa municipal suministradora de agua, que asegure que sin el equipo de bombeo llegara presión y caudal al último piso.
Anular la bomba de agua general, dejando sin presión ni caudal los pisos superiores.
A los vecinos del primer piso les molesta el ruido de la bomba general de agua que hay en la planta baja. Proponen en junta ordinaria, anularla, y también anular el aljibe de dónde se alimenta la bomba, para empezar a suministrarse directamente de la Red pública. Ello provocará una pérdida de presión y caudal en todas las viviendas que no estén en el primer piso. ¿Pueden anular la bomba y el aljibe para que los del primero no oigan ruidos y los demás vernos desabastecidos de un servicio básico de como el agua, por falta de presión y caudal? Yo he pagado mi parte de la bomba, y mi parte del aljibe, ¿se puede llegar a ello, a pesar de tener el voto en contra de los afectados? ¿Para anular una instalación de uso común, no se requiere unanimidad? Muchas gracias.