Se puede solicitar la nulidad matrimonial pero sólo en determinados supuestos (falta de consentimiento, matrimonio contraído entre determinados parientes, defectos formales, error, coacción, etc), y por determinadas personas.
Pues poca cosa, los bienes son suyos y puede disponer de ellos como quiera, cuando fallezca, que si quiere se lo puede pulir todo en vida y como le de la gana. Para eso son suyos.