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Anular con acuerdo comunitario un acuerdo aprobado por unanimidad en 2008

3 Comentarios
 
Anular con acuerdo comunitario un acuerdo aprobado por unanimidad en 2008
05/11/2010 10:15
Buenos días

Hace dos años se aprobó por unanimidad demandar judicialmente a un local por poner por un shut de ventilación una chimena. Puesta la demanda, adimita a trámite y casi pasado el plazo de alegaciones del demandado, este ha convencido al 25% de los vecinos para que soliciten al presidente una reunión para que sea retirada la demanda, supongo que ante las muchas posibilidades que tiene de perder el juicio.

Mi pregunta es:

-Si en estos dos años no ha sido impugnada este acta aprobada por unanimidad y nadie hasta hace unos meses se ha quejado de ella, ¿se puede anular este acuerdo tomado unámimemente entre los asisitentes (más del 25% de los vecinos).

-En caso de poderse anular, se requiere unanimidad o bastaría con mayoría?

Muchas gracias

05/11/2010 11:46
Hola Nayara,
Nada impide que se acuerde retirar la demanda, pero supongo que les habrá convencido a cambio de algo, es decir, de retirar la chimenea o algo. Este hombre a convencido al 25% parfa pedir una reunión (por cierto ¿representan a su vez el 25% del coeficiente de participación?. En caso de que no sea así, no es válida la petición de convocatoria), pero hay un 75% restante que el día de la reunión puede decir que se continúe con ella y ya está.....
07/11/2010 21:30
Muchas gracias Talid por tu respuesta, pero hay algo que no entiendo, mi abogado me ha dicho que en la LPH se dice que los acuerdos tomados tendrán fuerza ejecutiva y establece 3 meses para impgnarlos.

¿se puede anular tan facilmente un acuerdo no impugnado y aprobado, no por mayoría, sino por unanimidad de los presentes? ¿qué derechos tenemos el resto de vecinos que salimos perjudicados por ello y que en este tiempo no hemos tomado otras medidas esperando a la justicia?

En estos dos años el dueño del local ha ido haciendo amigos entre los vecinos y muchos por un café se han vendido. No ofrece nada a la comunidad a cambio de sacar la chimenea del shut.

08/11/2010 11:25
Lo que te ha comentado tu abogado es cierto, para impugnar acuerdos. Este caso es diferente, ya que no se va a impugnar un acuerdo, si no ha alcanzar un acuerdo nuevo (aunque sea algo que hace que el acuerdo original quede sin efecto). Se puede decir que es una "trampa legal" (hecha la Ley, hecha la trampa. Pero no siginifica que sea ilegal....).
Es posible que el resto de propietarios que queráis seguir con la demanda, podráis demandar a los que ahora no quieren seguir con ella por daños y perjuicios, dado que ellos dieron su consentimiento hace dos años, y hay unos gastos que se han realizado (abogados...etc), y otros que se van a realizar al retirar la demanda, por lo que por su simple capricho actual no tenéis porque soportar esos gastos (ni pasados ni actuales ni fururos).
Consulta con tu abogado este extremo que seguro que te puede asesorar mejor al ser un especialista. Si es como yo pienso, tal vez el día de la reunión diciendo a ese 25% que se le van a repercutir los gastos de todo a ellos, se echen para atrás.