Buenos días,
Al comprar un piso se adquieren también las partes comunes. Si he firmado un contrato de arras y descubro que la casa del portero no tiene cédula de habitabilidad, ni cumple las condiciones mínimas para tenerla, ¿podría argumentar la ilegalidad de la situación para anular las arras?
Ya que en caso de denuncia yo, cómo propietario, tendría que asumir las consecuencias.
Gracias, un saludo
No, no lo soy, pero en el contrato de arras se específica que cualquier vicio oculto puede anularlo. Una situación de irregularidad con consecuencias económicas puede serlo.
Gracias por su respuesta.
Aparte que no sea un vicio de la vivienda en sí: ¿la vivienda portería la está ocupando alguien?Porque si no, no tiene por qué tener cédula de habitabilidad, si no vive nadie. No habría nada ilegal, lo sería si se alquilara como vivienda.