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¿Anulación o divorcio, qué es mejor y más barato?

8 Comentarios
 
¿anulación o divorcio, qué es mejor y más barato?
19/12/2012 01:50
Me me casé con una paraguaya y mi matrimonio fue inscrito en el consulado español de Paraguay hace 4 años. Resulta que ese matrimonio no se inscribió correctamente y por tanto no figura en ningún registro paraguayo. (las anotaciones registrales que aportamos entonces son falsas ya que el juez que nos casó hizo fraude de ley) De hecho mi exmujer, que es paraguaya, allí no figura casada conmigo y por tanto es muy libre de volverse a casar. Llevamos separados y sin comunicarnos dos años.

Tengo documentación reciente y visada por el consulado que acredita ese hecho, que no estoy registrado como casado en Paraguay y que los datos que tomaron entonces para inscribir mi matrimonio en el Registro Civil de España están viciados, no son ciertos.

Entiendo que para anular esa anotación registral y recuperar mi condición civil de soltero en España, que es donde vivo, he de acudir con abogado y procurador.

Qué me tiene más cuenta: plantear un contencioso-administrativo para la anulación del matrimonio obtener el divorcio (por abandono de domicilio conyugal, (mi ex-mujer se niega a colaborar).

He consultado a un abogado y me cobra 1000 euros por este divorcio. ¿Es correcto? Puedo lograr la anulación o el divorcio de alguna otra forma?
Muchas gracias.
19/12/2012 12:26
Buenos días presocrático.

En primer lugar señalarte que la vía contenciosa NO es una opción. Se ha de ir por la vía civil en cualquier caso, tanto si instas procedimiento de divorcio como si pretendes la anulación registral.

En segundo lugar, tendrás que asumir las nuevas tasas judiciales impuestas por el gobierno, por lo que a esos mil euros deberías sumarle dichas tasas.

En tercer lugar, tienes hijos provenientes de ese matrimonio?

En cuarto lugar, tu ex mujer está en España o está fuera del país?

Por último, somos especialistas en derecho civil y en especial en derecho de familia. Te comunico que nosotros te mejoraríamos ese precio.
Para cualquier consulta estamos a su disposición en www.muletilluecaabogados.3a2.com
Un saludo.
22/12/2012 04:58
El mismo abogado que me pide1000€ fue el que desacreditó a otro que me puso Legalitas y que echando mano de las tarifas del Colegio me pedia aun más. Me dijo que no era tan buen profesional si no sabia que la anulacion registral habia que conmseguirla por contencioso y el divorcio por lo civil.
Mi exmujer no convivio conmigo en España ni doce meses y no continuados. Tambien yo me alojé en su domicilio dos o tres veces por periodos de un mes.
Por supuesto que no tuvimos hijos, ella ya no piensa volver a España y la he dado de baja en mi seguro medico.
22/12/2012 08:08
La impugnación registral se puede articular interponiendo un recurso gubernativo —de naturaleza administrativa— ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, aportando los documentos en que te basas para querer anular la anotación ,esta resolución es impugnable ante la jurisdicción civil.
22/12/2012 11:53
La nulidad del matrimonio se insta vía civil, la nulidad registral es administrativa.
Son dos nulidades diferentes. Lo tuyo no es de divorcio sino de nulidad registral. No existiendo el matrimonio, la inscripción está viciada y en consecuencia, deviene nula de pleno derecho. Para ello, sólo precisas un abogado para que te articule correctamente el escrito y se asegure de que aportes todas las pruebas necesarias para acreditar la nulidad. Deberás demostrar también que tu mujer reside fuera.
Un saludo.
26/12/2012 04:54
Gracias Tera. y Nuria. Ojala vuestras opiniones sean las correctas, me dais una alegria. Mi correo es santiagovp~hotmailcom (oculto signos para que no sea detectado por un bot). Contrataria vuestros servicios sin dudarlo un segundo y confiando en la honestidad de vuestros honorarios.
26/12/2012 12:42
Presocrático. Con la que está cayendo con el tema de las tasas, a partir de ahora, conviene siempre pedir presupuesto y si se acepta, suscribir una hoja de encargo profesional donde figuren recogidos los pactos a los que se llegue.
Acude al Registro Civil de tu localidad a informarte sobre la documentación a aportar, recábala y luego, inicia el procedimiento.
Un saludo.
26/12/2012 12:56
Nuria, ya acudí hace unos meses y me dijeron que hablara antes con un abogado, que cualquier modificación tendría que ser mediante un contencioso, presentado con abogado y procurador.
Por eso voy a mirarme ahora con más profundidad eso que me aconsejais Terabithia y tú. A ver si encuentro un abogado con experiencia en Valladolid en este tipo de impugnaciones. Desde un principio y por sentido común pensé que sería la vía más fácil y económica.
08/01/2013 13:52
He visitado la web de la D.G,R. y Notariado y parece que lo que tengo que presentar es un "Recurso contra resoluciones y decisiones de los encargados de los registros civiles".
Pero cuando me pongo a leer lo que es esto me encuentro con lo sieguiente: (lo destacado en mayúsculas es mío)
"Es el instrumento por el cual los ciudadanos pueden recurrir las decisiones, NO DE TRAMITE, de los órganos del Registro Civil y que permite revisar sus actos por la Dirección General de los Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia, que tiene encomendados todos los asuntos referentes al Registro Civil, siempre que dichos actos supongan la inadmisión de un escrito inicial o pongan término al expediente".
Entiendo, que la anotación registral de mi matrimonio fue de TRÁMITE, ¿o no es así?.
Me gustaría que me indicaran este particular o cómo he de recurrirla, y si necesito abogado y procurador para ello.
Gracias