Hola María Fernanda,
Hasta ahora la respuesta a su pregunta seria que se extingue la pensión compensatoria desde la sentencia o como mucho desde la fecha de presentación de la demanda.
Hay una sentencia muy reciente del TS de 18 de julio de este año, que dice que la ofendió compensatoria se extingue desde la celebración de un nuevo matrimonio o desde el inicio de la convivencia marital.
Un saludo,
Anulación de pensión compensatoria con efecto retroactivo
Se establece pensión compensatoria pagadera aunque la parte beneficiaria tenga una nueva relación de pareja y de convivencia. Esta contrae nuevo matrimonio. Se puede solicitar el fin de la pensión ya que el convenio especifica relación y convivencia pero no matrimonio. En caso afirmativo se puede solicitar con efecto retroactivo? Gracias