Buenas, me gustaría exponer mi caso ya que necesito algunas respuestas.
Me casé en China con una amiga para que ella pudiera salir de China. Tenía problemas de depresión y bulimia y no podía volver a Japón donde estaba estudiando. Tras casarnos en Shanghai y pasar por la embajada nos dieron visado para ella y libro de familia. Vinimos a Madrid, hicimos todo el papeleo y finalizamos el asunto. Pasó un año y ella se recuperó de todos sus problemas de salud afortunadamente y empezamos a tramitar el visado para poder terminar sus estudios a Japón. Lo logramos y vive ahora allí. Ya ha pasado el tiempo y no queremos seguir casados. Nos divorciamos en China del matrimonio chino pero nos falta el divorcio español. Lo que ocurre es que ella no puede volver a España por motivos de trabajo y ya no tiene tarjeta de residente española ni europea. Mantengo contacto con ella y sigue siendo buena amiga.
Mi pregunta es la siguiente:
¿Existe alguna manera de realizar el divorcio sin que requiera presencia de ella? Quizás sea posible anularlo o invalidarlo, al fin y al cabo fue un matrimonio de conveniencia. En este caso supongo que a ella le quitarían todo derecho comunitario (aunque no tiene intención de volver y de hecho no tiene la tarjeta), pero a mí por ayuydarla ¿qué me podría pasar? No tengo problema en admitir ante un juez lo que hice (a no ser que tuviera una multa de aúpa o pena de cárcel) si eso me consigue la nulidad del matrimonio.
¿Existe alguna posibilidad o manera de divorcio en la que ella no tenga que estar presente pero que pueda yo hacer aquí? Quizás a través de embajada.
Bueno, que cual sería la forma más sencilla y menos problemática de cerrar el asunto sin necesidad presencial de ella.