Hola buenos días a todos, y agradezco vuestra colaboración
Seré breve.Tengo 4 hijos, el mayor de 19.Bien tras muchos años de lucha jurídica persiguiendo la custodia de mis hijos , y problemática social, absentismo escolar, drogas en el hogar de los niños, abandono de las obligaciones, echar de casa a mi hijo mayor y posteriormente a la siguiente de 14,todo esto y mucho más por parte de la madre de mis hijos.y la mayoría de hechos probados y denunciados....Bien, como decía tras todo esto consigo la custodia del mayor basándose el juez en que la madre de los niños estaba en un legítimo derecho de desintoxicación y rehabilitació,(que por supuesto va cargado en las espaldas de los niños).
Bien tras ésto comienza un seguimiento del Equipo Técnico de Infancia y Adolescencia hacia mi exmujer, paralelamente vuelvo a pedir la custodia de los niños, y con el informe desfavorable hacia ella del EAIIA, una nueva desaparición de ésta mujer,tiempo en el que ya mis hijos viven conmigo,pero sin la custodia.El juicio se celebre y ella no aparece, me conceden la custodia de los 4 y ella recurre.Pues con todo esto el Constitucional de Cataluña declnulo el juicio y que se repita, cuando ya los niños llevan más de un año conmigo,ella sin cumplir con ninguna de las obligaciones que tiene de manutención durante éste tiempo,y con un mínimo contacto telefónico con los niños.
He tratado de ser breve.Mi consulta es:
CUAL ES EL PRECEDIMIENTO A SEGUIR, Y SI ES VIABLE, DENUNCIAR AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CATALUÑA POR OBRAR,(DESDE MI PUNTO E VISTA),DE MANERA SEXISTA un juicio válido aunke no se los fundamentos de derecho en los que se basan aun,pero con todo el recorrido hasta hoy, con una situación de riesgo grave social en la que han estado sumidos los niños,situación mantenida en el tiempo, probada y demostrada por profesionales de servicios sociales, y el nombrado constitucional deide anular el juicio porque no se pudo defender...ES una decisión que como minimo va en contra del beneficio de los niños., y como digo creo que totalmente sexista..no creo qe si yo como hombre hubiese estado en el lugar de la madre , ,habria gozado de tanta paciencia nide tanto beneficio legal.
Sin más cordial saludo.,
Hasta que no conozca los fundamentos de derecho del Tribunal Superior de Justicia (que no constitucional de Cataluña pues no existe como tal), cualquier planteamiento que se haga podrá crearle falsas expectativas. La nulidad puede fundamentarse en vulneración del procedimiento en cuanto a la tramitación y fallo y no al fondo del asunto en si. Si se le ha creado indefensión porque no ha sido correctamente notificada, el juicio deberá celebrarse de nuevo y podrá aportar incluso nuevas pruebas. Poco más se le puede indicar. Consulte con su abogado porque es quien conoce el procedimiento. Un saludo.
Nuria ,un saludo y gracias ,.bueno ha quedado claro que no tengo conocimientos en materia de términos legales,llego a entender lo de los funndamentos de derecho, que sin conocerlos no puedo hacer ningún planteamiento, se que fue notificada en varias ocasiones por la vía que a todo ciudadano corresponde por derecho,pero en cualquier caso ,es cierto que necesito tener la sentencia del Tribunal Superior de Justicia delante...si bien,y hablándo exclusivamente de justicia en su aspecto más genérico y abstracto, ésta decisión sigue llendo en contra del beneficio y estado de bienestar de los menores independientemente de los fundamentos de derecho en los que se basen. Por otro lado mi abogado,un estupendo profesional,lleva mi caso de oficio,lo lleva muy bien, pero mi consulta en concreto se sale de los márgenes que le tocan,puesto que no es sobre el procedimiento de guardia y custodia , sino sobre una posible decisión tomada sobre una base legal y social que en cuanto a familia obra de manera sexista por norma,y eso es algo que sin tratar de buscar culpables,todos sabemos que es así,la cuestión es que en éste caso, y si realmente tengo base para mi caso,afecta directamente a los derechos de unos menores, que en teoría son los que hay que se trata de defender por encima de los intereses de os padres,,Gracias
Buse, no si los fundamentos son correctos, no sólo los niños tienen derechos. Si hay un fallo en el procedimiento que cause indefensión (bastante indefensión sufrimos ya no reconocida) debe declararse la nulidad, cosa distinta es que no se depuren las oportunas responsabilidades por el daño que ese error haya ocasionado (que si puediera ser evaluable y reclamable). Buse, su abogado si puede asesorar acerca de la legalidad de la fundamentación jurídica de la sentencia y si tiene base para una ulterior reclamación. Sea de oficio o particular, es abogado y conoce los recursos. Un saludo.