Adquirí una vivienda mediante una conocida inmobiliaria, donde todo parecía una compraventa normal.
En la escritura de compraventa y en el registro de la propiedad aparezco como único dueño de la vivienda.
El vendedor era dueño al 100 por 100 de la vivienda. También aparece como soltero en las escrituras y aportó documentación ante notario de doble nacionalidad la española y la de su país. En realidad estaba casado en su país en régimen de separación de bienes.
Situación que yo desconocía totalmente, y que el vendedor ocultó a mi, a la inmobiliaria y al notario.
A los dos días de adquirir la vivienda me cambiaron la cerradura y se apropió de la vivienda la mujer y sus hijos menores.
El vendedor se marcho de España y no se sabe nada de él.
El asunto es que el vendió la vivienda sin consentimiento de la esposa, el procedimiento por desahucio por precario ante lo penal lo perdí.
Demandé a la esposa para desahuciarla por lo civil, pero ella me demandó a mi para anular el contrato de compraventa. Estando el lanzamiento paralizado a día de hoy debido a ésta demanda.
Ella y sus hijos aún menores llevan 5 años viviendo ahí y yo haciendome cargo de todos los gastos ya que todo está a mi nombre.
Claramente el notario y el registro de la propiedad no realizaron las comprobaciones que debían en la documentación del vendedor.
Que podría pasar si se demuestra que la vivienda se adquirió antes del matrimonio? Y durante el mismo?
Teniendo en cuenta que el régimen era el de separación de bienes y que el vendió la vivienda sin consentimiento de la esposa.
Teniendo yo por entendido que aquí en España se aplicaría el régimen que les corresponde en su país.
Y siendo yo un tercero adquiriente de buena fe, 1320 del código civil, a cual de las dos partes le otorgaría finalmente la vivienda el juez??
Le están tomando el pelo, Sandra. La vivienda es de usted al 100%, y la gente que hay dentro son unos okupas. El problema es de fondo: la propiedad privada ha sido asaltada por las propias instituciones, ya no se protege, y se enredará usted en pleitos eternos. En ningún caso le pueden imponer a usted los regímenes y pactos que tuviesen el vendedor con esas terceras personas, suponemos que hispanoamericanos, en el país de origen. Usted compró de quien en el Registro de la Propiedad constaba como propietario con facultades para transmitir, y le han robado violentamente su propiedad. Y si la propia ley retribuye el asalto y el robo, no obtendrá usted amparo legal. Y más con la nueva Ley de Vivienda, en que deberá usted demostrar que esa casa NO constituye la vivienda original de los que se la han quitado. Es mejor que la malvenda a una empresa especializada, a que se siga gastando el dinero en pleitos.
Ante todo gracias por su tiempo.
El asunto es que en ese mismo artículo del código civil aclara que el vendedor no podía venderla sin consentimiento de la esposa aún fuese único propietario y el matrimonio fuese en régimen de separación de bienes. De ahí tienen donde escudarse y más con la nueva ley de vivienda.
Y mis duda es cuantas posibilidades tengo en perder finalmente la vivienda o cuántas en recuperarla, ya que he consultado con varios abogados y algunos me comentan que lo más seguro es no hacer nada, otros que no se puede vender y otros que si se puede.
Podría tener repercusiones negativas de cara a la justicia cuando se celebren los juicios si "malvendo" la vivienda? Es decir si al final le adjudican la vivienda a esos okupas debería yo de pagarles a ellos por haberla vendido?
El vendedor engaño a todos, incluso al notario.
Ya que el vendedor debía haber informado que estaba casado ya que necesitaba consentimiento ante notario por la esposa, ya que constituía la vivienda habitual de la familia. El notario y el registro de la propiedad realizaron mal su trabajo ya que no realizaron las averiguaciones y comprobaciones que debian en la documentación del vendedor, si constaba casado, soltero en las dependencias que fuesen oportunas. Y más tratándose de alguien con doble nacionalidad.
El abogado que lleva el caso dice que puedo ganar pero tengo que seguir esperando pero ya son cinco años haciendome cargo de los gastos, y ese retraso en la juzgados ya me ha perjudicado demasiado.
El notario y el registrador de la propiedad hicieron perfectamente su trabajo, pues estaban vinculados a la información registral, donde ponía que el vendedor era soltero. Usted no tiene obligación ninguna proveniente de la vida matrimonial del vendedor, sino a la condición con que se presentó en notaría, que era la misma que aparecía en el registro de la propiedad: soltero. Si aparte de la inscripción hay otras cuestiones personales y patrimoniales del vendedor que no figuren en el propio registro, el comprador ni tiene por qué conocerlas ni mucho menos estar sometido a ellas, porque de otra forma nadie podría comprar ni vender, ya que podría aparecer, tras perfeccionarse la venta, alguien exigiendo que se le reconozcan derechos ajenos a la propia inscripción. Su enfoque del asunto es un error.
Usted es adquirente de buena fe, y al final ganará los dos juicios, pero ármese de paciencia.
Y queréllese contra el vendedor por estafa: art. 23 LOPJ. Tal vez no puedan echarle el guante, pero si vuelve por España lo encarcelarán (ta vez), y le denegarán la residencia.
Lo denuncié y no se presentó al juicio, no se presentó a la obligación que tiene para declarar en calidad de investigado. El juez declaró el año pasado sobreseimiento provisional por estos motivos. Pero hay novedades ahora el esta en la vivienda de nuevo con la mujer y como si nada hubiera pasado.. Que puedo hacer?