¿ Se pude anular una cláusula de una escritura pública, que se incluyó para proteger unos intereses , pero el desarrollo de los acontecimientos la hacen perjudicial para los mismos?
En efecto, cabe la posibilidad de subsanar dicha escritura mediante la oportuna rectificación consistente en la eliminación de dicha cláusula, bien entendido que para ello deberá existir voluntad de todos los intervinientes en la escritura primigenia pues de dicho consenso depende la posibilidad al estar condicionada al consentimiento de todas las partes comparecientes.
en el caso de ser una clausula adicional abusiva que hace al vecino del primero responsable de la reparacion del patio de vecinos por tener acceso a él.
¿las partes son la comunidad y el propietario?
en el caso de que una de las partes sea la comunidad, nunca accederá a responsabilizarse de un gasto que por dicha clausula le corresponde al vecino del primero.
¿que se puede hacer?