en el convenio de divorcio se firmó que nuestra hija mayor de edad conviviera con la madre. ahora, tres años después, dice que quiere vivir conmigo.
el caso es que en ningún momento ella consintió vivir con uno u otro, simplemente se quedó en la vivienda familiar, sin discutir lo que se decía en el convenio.
lo que pretende es anular la cláusula en la que se dice que residirá con la madre, alegando que nadie puede contratar en su nombre sin su consentimiento, teniendo en cuenta que ya era mayor de edad en el momento de la firma del convenio.
puesto que parte de ella la pretensión, le estamos aconsejando que coja los servicios de un abogado de oficio.
¿Alguien podría aportar su parecer?
Buenos días.
Dado que es mayor de edad y por tanto tiene plena capacidad de obrar consideramos que no es necesario modificar el convenio regulador en tanto en cuanto es libre de vivir donde quiera. La cosa cambiaría por completo si fuera menor de edad.
Reciba un cordial saludo.
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Muy agradecido por la respuesta.
sin embargo, sí es necesario modificar el convenio regulador porque hay pensión de alimentos. Y ahí ya tendría que intervenir yo, porque no voy a seguir pagando pensión de alimentos a la madre y, a la vez, mantener a mi hija. Es decir, no da igual con quién conviva en lo sucesivo.
Mi hija opina que no podía haberse tramitado el convenio sin su consentimiento y quiere anularlo.
En lo referente a la pensión de alimentos debería ser usted quien plantee la modificación de medidas (ya que es a usted a quien afecta) y que su hija declare en el juzgado a este respecto.
En la misma demanda puede incluir el cambio de custodia. Pero es usted quien debe hacerlo puesto que fue parte en el proceso de divorcio. Su hija, aunque afectada no está legitimada.
Un saludo.
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En absoluto. A mí no me afecta. Yo puedo seguir con el convenio tal cual está; ella vive con su madre y yo en mi casa.
Yo creo que sí está legitimada, tal como lo está planteando. Hay un convenio en el cual se decide qué debe hacer una persona mayor de edad (tenía casi 19 años en el momento de firmar el convenio), sin haber prestado su consentimiento.
Modificar las medidas en lo referente al lugar donde debe vivir ella es innecesario ya que, como indicaba antes, su hija es mayor de edad y puede vivir donde quiera.
Sin embargo, en lo que respecta a la pensión de alimentos puede modificar las medidas para no abonar la pensión a su ex esposa y destinar el dinero a cubrir las necesidades de su hija que vive en su casa.
Un saludo.
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Dado que cuando se firmó el convenio regulador su hija era mayor de edad debería haber sido oída o haberse manifestado durante la redacción del convenio. En cualquier caso, no tiene sentido obligar a una mayor de edad a vivir en un sitio u otro y más cuando se trata de vivir en casa de su madre o de su padre.
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Gracias, parece que nos entendemos. Precisamente por eso, porque ella no prestó su consentimiento (no fue oída ni se manifestó en uno u otro sentido) es por lo que pretende solicitar la anulación del convenio.
¿Es posible?¿Qué es necesario?¿Puede pensarse en un abogado de oficio?
Si quieren modificar el convenio sólo en este aspecto pueden solicitar un abogado de oficio o contratar uno. Pero esta modificación debe promoverla usted. Aunque se trate de una cláusula que afecte a su hija esto no quiere decir que esté legitimada para instar una modificación de medidas. Eso sí, les recomendamos hacerlo de mutuo acuerdo para evitar gastos innecesarios y dilatar en el tiempo el asunto.
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En efecto, al no ser parte, no puede solicitar modificación de medidas; tendría que hacerlo yo o mi ex esposa. Mi hija lo que quiere es ANULAR EL CONVENIO, no modificar medidas. Mi hija es un tercero PERJUDICADO por un contrato.
Tercera perjudicada, ¿por qué? ¿En qué le perjudica actualmente, o le ha perjudicado en el pasado, que en el convenio se dijera lo que dice?
Estoy de acuerdo con usted en que ha habido un fallo en la tramitación del convenio en ese aspecto, pero de ahí a que la perjudique, hay un buen trecho.
Por otra parte, si su hija ya es mayor de edad, y como comentas ya lo era a la firma de convenio, no está sujeta ni a patria potestad ni a guardia y custodia, por lo que podría decidir por sí misma donde vivir con independencia de lo que diga el convenio. Lo que a mi parecer sí sería necesario modificar, y para eso sólo está legitimado usted, es quién está obligado al pago de la pensión de alimentos. Si su hija pasa a vivir con usted, la obligación alimenticia recae ahora sobre el otro progenitor, la madre, que deberá aportar una cantidad mensual para el sostenimiento de los gastos ordinarios de la hija. En este extremo sí es necesario modificarlo, si quieren.
La caracteristica del mutuo acuerdo es que, estando las dos partes implicadas de acuerdo en que las cosas se realicen de determinada manera, no es necesario acudir al Juzgado y saturarlos. Si quiere instar la modificación del convenio en el extremo de la pensión de alimentos, sería a efectos preventivos ante posibles reclamaciones de su exmujer de pensiones impagadas, en ese sentido me parece bien.
Instar nulidad... ustedes son libres de actuar como quieran, y se tramitará su asunto y atenderán sus peticiones, pero el convenio no se anulará en su totalidad, sino tan solo en lo referente a la guarda y custodia. Por otra parte, ¿qué cambia esto? En mi opinión es una opción poco práctica, siempre hablándole desde mi humilde punto de vista, ofreciéndole una opinión jurídico - legal y con el máximo respeto.
Posiblemente no sea fácil demostrar un perjuicio, pero se le ha obligado y ella "ha picado", ella ha estado convencida de que no podía vivir en otra casa que no fuera la vivienda familiar.
Estudiaré con ella las distintas opciones, partiendo de esta respuesta, que me parece francamente acertada.
Sin embargo, si llegamos a instar nulidad, sería de todo el convenio, puesto que forma un conjunto negocial indivisible.
Esto puede producir un conflicto puesto que es obligatorio que haya un convenio regulador asociado a la solicitud de divorcio y, en este caso, no existirá.
Dicsculpe pero no estoy del todo de acuerdo con la ultima afirmación, opino que la nulidad afectaría a esa parte del convenio. Pero claro puede que el juez lo interprete de otra manera.
Sea cual sea su opción, que tenga exito en sus pretensiones.
Expresamente, se dice que el convenio forma un conjunto negocial indivisible. Supongo que significa que la anulación de una cláusula supone la anulación de todo el documento.
No tiene porque anularse todo el convenio. El juez puede perfectamente anular sólo una parte de él y dejar vigente el resto.
Por otro lado, estoy en la línea de quien le ha dicho que está en su derecho de hacerlo pero que a efectos prácticos la cosa no variara mucho. Ella debe valorar si le compensa hacerlo o no.