A mi me parece que lo que preguntas es si la antigüedad de tu actual puesto la podrás hacer valer en el otro ayuntamiento.
La respuesta es que para trienios, seguro (ley 70/75), para consolidación de grado, también, pero pueden entender interrupción (son dos años continuados o tres con interrupción). En general te reconoceran los servicios prestados para todo: en los concursos de provisión, es doctrina reiterada, nno podrán distinguir un ayuntamiento de otro (pero sí un puesto de otro)... Con una IMPORTANTE SALVEDAD que ya ha salido en el foro: NO TIENEN QUE COMPUTAR ESE TIEMPO PARA EL PLAZO DE LOS DOS AÑOS ANTES DE UNA EVENTUAL PROMOCION INTERNA.
Soy auxiliar administrativo de Ayuntamiento, y estoy preparando oposiciones para administrativo en otro Ayuntamiento. Mi pregunta es: Si consigo sacar la plaza de administrativo, me tienen que guardar la antiguedad del Ayuntamiento donde estoy ahora?