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Antigüedad

5 Comentarios
 
Antigüedad
20/09/2005 09:25
Tenemos un trabajador que nos reclama antigüedad, y os explico:
Mi esposo tenía un negocio como persona física y le tenía contratado a este trabajador. Constituyo conmigo una S.L., y mantuvimos las 2 empresas hasta 3 años más tarde. Ese trabajador apuramos sus contratos temporales en la empresa como persona física, y luego lo contratamos empezando de cero en la S.L.. Nos reclama la antigüedad anterior a estar en la S.L., qué podemos argumentarle para no reconocerle más que la antigüedad con la S.L. Gracias
20/09/2005 10:59
Supongo que te refieras al premio por antigüedad, es decir que no queréis abonarle lo que hipotéticamente corresponde por llevar unos años (tres,cinco..etc) en la empresa. Si el Convenio al que estéis suscritos no dice nada de montante económico pues te acoges a dicho Convenio. En el caso de que lo que pretenda es el reconocimiento sin más, deberás de otorgárselo, pues puede utilizarse por ejemplo para solicitar un ascenso.
Deberás acogerte a lo establecido en el Convenio.
22/09/2005 08:33
Nos reclama antigüedad para la indemnización por despido, y no sabemos si tiene derecho o no a esa antigüead. Nos podriáis ayudar.
22/09/2005 14:13
Hola:
De cara a la indemnización por despido hay que diferenciar la antiguedad en una determinada profesión, del tiempo de servicios a una determinada empresa.

En el caso de subrogación empresarial, aún existiendo finiquito el tiempo de servicio se computa teniendo en cuenta todo el transcurso de la relación contractual de trabajo.

En la sucesión de contratos mediando entre ellos inactividad, se ha de tomar a efectos, la fecha de comienzo del último contrato, no así cuando los contratos se suceden sin solución de continuidad; o cuando se trata de breves interrupciones, inferiores a 20 días, que pretenden dar la apariencia de una nueva relación cuando no lo es.

Espero haberte ayudado.

Saludos.
23/09/2005 08:50
Gracias Jesusfer, pero en nuestro caso no ha existido subrogación empresarial de ningún tipo, únicamente se acabó el contrato del trabajador con el empresario persona física, y le contrato la empresa S.L., tú crees que tendría la antigüedad desde que empezó con la persona física?
23/09/2005 09:08
Hola Pilar:
En el caso que nos cuentas, y en mi opinión, no tiene por qué contar la antiguedad si no se dan las causas de subrogación o la sucesión de contratos con la misma empresa. Salvo mejor opinión.

Saludos.