Muchas gracias por su respuesta. Era lo que más o menos nos temíamos.
¿Cuál sería la solución (si es que la hubiese) legal tanto para la nueva empresa como para los trabajadores que procederíamos de la anterior? ¿Y si el administrador fuese otro? ¿Podrían conservarse igualmente los derechos adquiridos sin perjuicio para ninguna de las partes?
Son arriesgadas, tanto para la empresa como para los trabajadores. Tenga en cuenta dos cosas:
En la primera opción, subrogación de los contratos, los trabajadores ya despedidos podrán -deberían- demandar a las dos empresas solidariamente, con lo cual, la deuda que mantiene con ellos, también se "transferiría" a la nueva empresa.
Para que el fondo pague, tendrían que declarar insolventes a ambas empresas.
En la segunda opción, si el fondo se da cuenta del fraude de ley que están cometiendo, no pagará prestación alguna, sin perjuicio de que este organismo se subroga en la posición de acreedor del trabajador, y derive la responsabilidad a la nueva empresa y puede que al administrador
En resumen, que muy desesperada tiene que estar la empresa para intentar algo, que de no salirle, y tiene trazas, va a hundir a la segunda empresa.
Buenas.
Tras una época de gran incertidumbre y retrasos continuados en el cobro de las nóminas, la pequeña empresa en la que trabajo ha despedido a la mayoría de sus empleados por cierre sin pagarles la liquidación correspondiente y a sabiendas de que éstos denunciarán por despido improcedente para intentar cobrar del fogasa.
A los empleados que permanecemos aún sin solucionar nuestra situación nos han ofrecido dos opciones (no sé si del todo legales):
a) Pasar a una nueva empresa en la que figura como administrador nuestro antiguo jefe conservando la antigüedad y condiciones de la empresa que cierra.
b) Despedirnos en la antigua empresa igual que al resto de compañeros (contando con nuestra denuncia para cobrar la liquidación y salarios pendientes del fogasa) y contratarnos a partir de 0 en una nueva empresa en la que nuestro antiguo jefe figura como administrador.
No somos expertos en estos temas y tenemos intereses diferentes (unos prefieren la seguridad de la antigüedad y otros prefieren intentar el "pájaro en mano" del fogasa).
¿Algún consejo? ¿Son legales ambas propuestas?
Gracias.